El Tribunal de Cuentas declara visto para sentencia la causa contra los líderes del ‘procés’
El órgano fiscalizador puede dictar el fallo en el plazo de un mes, o acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea o al Constitucional si tiene dudas sobre la Ley de Amnistía


El Tribunal de Cuentas ha declarado este miércoles visto para sentencia la causa contra los líderes del procés por supuesto desvío de fondos para la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y la promoción exterior de los planes independentistas. En principio, esta declaración es el paso previo para que en el plazo aproximado de un mes se dicte la correspondiente sentencia. En teoría cabe la posibilidad de que el tribunal aplique inmediatamente la Ley de Amnistía ―cuyo debate se cierra mañana jueves en el Congreso― y archive el expediente. Sin embargo, la aprobación de la ley deja igualmente el camino abierto para que el Tribunal de Cuentas plantee una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, en el caso de que tenga dudas sobre el encaje de dicha ley con el propio texto de la Carta Magna, o que se dirija al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en forma de cuestión prejudicial, antes de dictar sentencia.
En este expediente están encausados los expresidentes de la Generalitat Carles Puigdemont y Artur Mas, el exvicepresidente, Oriol Junqueras, y varios consejeros y ex altos cargos y funcionarios de la administración catalana, hasta un total de 35 acusados de implicación en dichos gastos irregulares. Los trámites que haya que seguir, según la lectura y aplicación que se haga de la Ley de Amnistía, están en manos de la consejera del Tribunal de Cuentas que presidió el juicio el pasado 17 de diciembre. Desde entonces dicha consejera, Elena Hernáez ―nombrada a propuesta del PP en la última renovación del órgano fiscalizador, en octubre de 2021― ha venido realizando diversos trámites, como rechazar los recursos de las defensas para que no se les aplicaran recargos a las cantidades reclamadas, por la prolongación del procedimiento, y finalmente para recibir las conclusiones de acusaciones y defensas.
El fiscal ha reclamado a los encausados la devolución de 3,1 millones de euros a la administración catalana, como perjudicada por el desvío de fondos. Sociedad Civil Catalana, a su vez, ha estimado que dicha responsabilidad contable se eleva a cinco millones de euros. Las defensas han solicitado el sobreseimiento del expediente, alegando la inexistencia de responsabilidad contable y la vulneración de derechos fundamentales a lo largo de todo el procedimiento fiscalizador del Tribunal de Cuentas.
Las cantidades finalmente exigidas por las acusaciones son muy inferiores a las manejadas al comienzo de la instrucción del expediente, que llegaron a situarse en decenas de millones de euros, al contabilizarse la práctica totalidad de los viajes al exterior que realizaron los líderes del procés, considerando que se habían efectuado para promover en el ámbito internacional los planes de las fuerzas independentistas. La Generalitat rehusó ejercitar acciones contra los expedientados, al no estimarse perjudicada por su actuación, y pidió que pudiera avalarles por medio de una fianza depositada por el Instituto Catalán de Finanzas.
Este aval fue aceptado por el Tribunal de Cuentas tras una larga controversia en la que se impidió inicialmente esta actuación por considerarse que se trataba de un subterfugio para impedir que los encausados hicieran frente a su responsabilidad por el desvío de fondos. Tras su renovación de octubre de 2021, mediante un acuerdo entre el PSOE y el PP todavía presidido por Pablo Casado, el órgano fiscalizador aceptó dichos avales, con lo que pudieron levantarse todos los embargos que se habían acordado previamente en relación con los bienes y propiedades inmobiliarias de los líderes del procés.
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