La Audiencia Nacional da un nuevo varapalo a Marlaska al anular 56 medallas al valor a policías
Una jueza concluye que gran parte de las condecoraciones concedidas en 2022 que llevaban aparejadas una recompensa económica no estuvieron motivadas, como exige la ley que las regula
Nuevo revés judicial al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. La Audiencia Nacional ha anulado 56 condecoraciones que la Dirección General de la Policía concedió en septiembre de 2022 a otros tantos agentes. Se trata, en concreto, de siete medallas de plata a altos mandos que se jubilaban, y 49 cruces rojas a agentes en activo, todas ellas con una gratificación económica vitalicia que va del 15% del salario base y trienios de las primeras al 10% de las segundas. Son las conocidas como medallas al valor. Cada año, la Policía Nacional gasta más de 11 millones de euros en pagar las pensiones vitalicias que generan las más de 4.600 medallas pensionadas concedidas en los últimos 45 años.
La sentencia se conoce además un año después de que la Audiencia Nacional rectificase otra decisión del ministro del Interior sobre condecoraciones, aunque entonces fue en sentido contrario. Grande-Marlaska había concedido al coronel de la Guardia Civil Manuel Sánchez Corbí ―al que había cesado como jefe de la Unidad Central Operativa (UCO) en el verano de 2018―, una cruz blanca, la de inferior categoría de las que otorga el instituto armado. La justicia le ordenó que se entregase al mando la Cruz de Plata, una de las más altas.
La nueva sentencia, dictada por la titular del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo 1, Lourdes Pérez Padilla, se produce después de que cuatro sindicatos policiales ―Justicia Policial, el Sindicato Unificado de Policía, la Unión Federal de Policía y la Confederación Española de Policía― presentasen sendas demandas en las que pedían la nulidad de parte de la orden general que en septiembre de 2022 concedió más de 2.800 medallas, en sus diversas categorías, con motivo de la celebración en esas fechas del patrón de la institución. La inmensa mayoría de aquellas condecoraciones eran cruces blancas, que únicamente suponen un reconocimiento honorífico para el agente que la recibe, ya que no conlleva ningún tipo de gratificación económica.
En concreto, los sindicatos Jupol, UFP y CEP recurrieron la concesión de las 10 de plata que se entregaron aquel año a comisarios de policía que se retiraban. El SUP añadió a estas las 49 cruces rojas que recibieron otros tantos policías de las diferentes escalas. Las organizaciones argumentaban que se habían producido “defectos formales” en el proceso de concesión y que, además, los expedientes individuales en los que se debe justificar su concesión incumplían “los requisitos legalmente exigibles”, ya que no detallaban los motivos concretos por los que se les concedía. Por su parte, el ministerio defendía que se habían “cumplido y respetado todos los trámites regulados”, entre ellos el de escuchar a los sindicatos policiales y que estos hicieran alegaciones si nos las consideran ajustadas a derecho.
Ahora, la magistrada da la razón a los sindicatos al concluir, por un lado, que Interior obvió la “necesaria” intervención de los sindicatos en el trámite de concesión, ya que considera probado que no se les entregó los expedientes por escrito, sino que simplemente se les informó de manera verbal en una reunión que duró poco más de media hora. La jueza considera que la información que recibieron entonces “debió ser, como mínimo, incompleta y resumida”. Por otro lado, la magistrada señala que, tras analizar el expediente de cada una de las medallas, en los mismos “no obra por ningún sitio valoración a las propuestas, así como el motivo de dichas concesiones”, un elemento imprescindible “a fin de poder verificar el adecuado control jurisdiccional”. Por todo ello, la magistrada anula la concesión de las 56 medallas y rechaza la petición de la Abogacía del Estado que había planteado retrotraer las actuaciones e iniciar de nuevo todo el proceso. La decisión se produce cuando la justicia tiene sobre la mesa otras demandas similares por la concesión, un año después de las ahora anuladas, de otras medallas de plata a altos mandos de la policía.
En la Policía Nacional, la concesión de las medallas, sobre todo de aquellas que conlleva una recompensa económica, siempre ha estado rodeada de polémica al considerar los sindicatos policiales que dan pie a numerosas arbitrariedades. Su entrega está regulada por una ley de 1964. Esta norma franquista reserva las condecoraciones al valor para aquellos agentes que han resultado “heridos en acto de servicio”, han participado “en tres o más servicios” en los que hubiera riesgo de agresión con armas, han realizado un hecho “abnegado en circunstancias de peligro para su persona” o a través de una conducta de especial trascendencia.
Esta última frase es la que da pie, según llevan denunciando los sindicatos desde hace años, a todo tipo de interpretaciones subjetivas que han permitido a los diferentes ministros del Interior premiar presuntamente de modo discrecional a agentes afines. De hecho, esa fue la argumentación que en su día esgrimió Interior para condecorar con medallas pensionadas a siete presuntos integrantes de la llamada brigada patriótica, buena parte de los cuales están a un paso de sentarse en el banquillo de los acusados por espiar al extesorero del PP Luis Bárcenas.
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