El Constitucional avala los decretos leyes cuando aprecia necesidad urgente en las medidas adoptadas
Medios del tribunal consideran como un dato clave la importancia de los 10.000 millones del nuevo desembolso de las ayudas europeas vinculadas al decreto ‘ómnibus’ que quiere recurrir el PP
El aval o la anulación del Tribunal Constitucional a los decretos leyes depende fundamentalmente de que el tribunal aprecie la urgente necesidad de adoptar las medidas que se contemplan en ellos. En la actualidad hay un gran debate abierto en el órgano de garantías sobre esta cuestión, porque la apreciación de estas dos circunstancias —que una determinada decisión sea necesaria y además urgente— puede entrañar juicios más o menos subjetivos. En líneas generales, el tribunal ha tendido a evitar asumir el papel que corresponde al propio Gobierno en cuando a la apreciación de ambos requisitos. Es decir, las sentencias tienden a no valorar directamente si las citadas dos circunstancias se han dado en cada uno de los casos analizados, sino que el análisis se refiere a una adecuada justificación de las razones que tuvo el Gobierno para apreciar la urgencia y la necesidad. Si la argumentación fue sólida en estos aspectos el decreto ley de que se trate tiene muchas posibilidades de ser avalado, y si no lo fue es muy probable que sea anulado.
En el caso del decreto ómnibus aprobado por el Congreso y para el que el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, ha anunciado un recurso ante el Constitucional, fuentes del propio tribunal estiman que, de ser finalmente impugnado, sería sometido a un pormenorizado análisis de cada medida concreta. Al respecto, se cita la multiplicidad de decisiones que contempla, al incluir por ejemplo medidas de eficiencia y digitalización digital, junto a otras relativas a función pública o al mecenazgo. Y todo ello en el contexto de los compromisos con la Unión Europea (UE) para recibir el cuarto desembolso de las ayudas, por valor de 10.000 millones de euros. Sin prejuzgar cuál fuera el pronóstico de un eventual recurso contra este decreto ley ómnibus, las fuentes consultadas consideraron muy defendible la tesis de la urgente necesidad vinculada a la cuantía de los citados fondos europeos y su utilización para políticas de alto interés público. Las mismas fuentes estimaron aplicable idéntico criterio a las medidas que se adopten apelando a las consecuencias de las guerras en Ucrania y en Gaza, por sus repercusiones económicas y la extensión de esos mismos efectos hacia amplios sectores sociales igualmente golpeados por la inflación, por ejemplo.
En la etapa de Mariano Rajoy (PP) en el Gobierno se adoptaron importantes decretos leyes que contribuyeron a abrir ese debate sobre la procedencia del aval o la anulación de las medidas a las que daban cobertura. Un claro ejemplo de ello fue el decreto que privó de acceso a la sanidad pública a los inmigrantes que no tuvieran legalizada su permanencia en España. La mayoría conservadora en aquella etapa en el Constitucional avaló esta exigencia, lo que motivó la oposición y el voto particular en contra de la minoría progresista.
Ya con el Gobierno de Pedro Sánchez (PSOE) sucedió lo contrario cuando, por ejemplo, se examinaron diversos decretos leyes que el Ejecutivo trató de justificar por el contexto de la alarma sanitaria. Entonces la anulación de algunos decretos —por ejemplo, el que anuló la designación de Pablo Iglesias para el órgano de dirección del Centro Nacional de Inteligencia (CNI)— fue propugnada por el sector conservador del tribunal, mientras el progresista negaba que el tribunal maniatara al presidente del Gobierno para conformar sus equipos y la cúpula de organismos que pudieran resultar clave en situaciones de emergencia, sanitaria o de otro tipo. Otro debate similar dividió al Constitucional cuando se discutió sobre la incardinación de la mutualidad de los funcionarios en uno u otro Ministerio, asunto en el que la minoría progresista defendió la plena autonomía del Gobierno, en este caso sin necesidad de justificar una urgente necesidad.
Un decreto ley para el que primero se preparó una sentencia anulatoria y luego resultó avalado, dadas las diferencias de criterio entre conservadores y progresistas, fue el relativo al derecho a la igualdad que extendía los permisos de paternidad para equipararlos a los de maternidad. El recurso se empezó a debatir cuando aún había en el tribunal una mayoría conservadora, y el ponente, Alfredo Montoya, de este sector, propuso anular la norma. Pero el asunto quedó pendiente por un tiempo cuando Montoya enfermó y al cabo de un año tuvo que abandonar el tribunal para seguir mejor su tratamiento. El cambio de ponente dejó el caso en manos del actual presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, del grupo progresista, cuando éste sector era ya mayoritario en el tribunal, que avaló el decreto ley.
En este caso, como en otros de la etapa más reciente del Constitucional, el aval al decreto ley se basó en la urgente necesidad de la medida adoptada, máxime —y este matiz es importante— en el contexto de los efectos y secuelas sociales de la pandemia, sobre todo en los sectores económicamente más desfavorecidos. La actual mayoría progresista del Constitucional viene defendiendo, en este sentido, que la urgente necesidad de las medidas y su justificación por parte del Gobierno debe ser analizada teniendo en cuenta el contexto económico y social de cada momento.
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