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El Constitucional entra en fase de perfil bajo para huir de la trifulca política

El tribunal aplaza sentencias y deliberaciones sobre recursos contra la amnistía y sobre vulneración de derechos de los parlamentarios

José María Brunet
Sede del Tribunal Constitucional.
Sede del Tribunal Constitucional.Alvaro Garcia

El Tribunal Constitucional ha decidido entrar en fase de perfil bajo para no involucrarse en la tensión que en este último trimestre caracteriza las relaciones entre el ámbito político y el judicial. El órgano de garantías no va a llevar al pleno las cuestiones políticamente más sensibles que tiene planteadas para evitar el primer plano de la exposición pública, y posiblemente no resuelva hasta enero los dos primeros recursos contra la tramitación parlamentaria de la proposición de ley de amnistía. Estas impugnaciones, presentadas por particulares, y que el tribunal debe decidir si admite o no a trámite, desembocaron en el anuncio de abstención por parte del magistrado Juan Carlos Campo, exministro de Justicia que elaboró los informes de indulto a los condenados en la causa penal del procés. El Constitucional quiere evitar que las decisiones que pueda tomar sobre este y otros asuntos puedan colocarle de nuevo en el centro de polémicas anticipatorias de lo que vaya a decidir sobre el fondo de la ley de amnistía.

El órgano presidido por Cándido Conde-Pumpido busca huir de la trifulca política. Aunque esta semana le correspondería celebrar pleno –porque son quincenales y el último fue el pasado día 21– el tribunal no lo va a llevar a cabo, por el puente de la Constitución. Pero la decisión va más a allá, porque antes de Navidades habrá una sola sesión plenaria, el denominado pleno escoba, como se designa informalmente a los que tienen lugar antes de vacaciones –en diciembre y en julio– para resolver atrasos y cuestiones no especialmente candentes. Quedan excluidos de la próxima convocatoria, por tanto, algunos de los casos pendientes más relevantes, sobre todo, recursos de amparo que atañen al buen funcionamiento del Parlamento. El tribunal no desea aparecer ahora en el escenario de un inicio de legislatura tormentosa, y no solo en relación con la ley de amnistía.

Se quedan fuera del próximo pleno –el último del año– recursos como los presentados por el exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez por la pérdida de su escaño. Esta impugnación prosperará, a tenor de la primera deliberación, pero el primer borrador de sentencia está siendo revisado para modificar los argumentos iniciales. También queda para el futuro el examen del caso sobre la votación sobre la reforma laboral, que el PP perdió después de que su diputado Alberto Casero pretendiera corregir in extremis su voto erróneo favorable a dicha iniciativa del Gobierno. Permanece asimismo en espera la impugnación que agitó la vida parlamentaria hace un año, cuando el Constitucional –entonces con mayoría conservadora– rechazó los recursos del Congreso y del Senado para que se les permitiera seguir adelante con la reforma que debía facilitar la renovación del Tribunal Constitucional, bloqueada entonces desde hacía cinco meses por vocales conservadores del Consejo General del Poder Judicial elegidos a propuesta del PP.

Va a quedar igualmente para los primeros plenos del año próximo la resolución de los mencionados recursos de amparo presentados por particulares contra la ley de amnistía. Estas impugnaciones se dirigen contra una ley aún pendiente de su tramitación parlamentaria. Existe una proposición, pero no un texto legal susceptible de ser recurrido, por lo que es más que probable que estos recursos tengan escaso recorrido. Aparte de que los demandantes no son diputados ni senadores, con lo que su iniciativa no consiste en un amparo parlamentario ni, en rigor, en un recurso de inconstitucionalidad. La cuestión por la que estas iniciativas han generado preocupación en el tribunal deriva de las recusaciones que planteaban. Una de ellas se dirigía contra el magistrado Juan Carlos Campo, ministro de Justicia en junio de 2021, cuando el Consejo de Ministros aprobó los indultos a los líderes del procés. Campo ya ha planteado formalmente su inhibición porque en los informes en los que se basó el Gobierno para decidir sobre las peticiones de indulto sostuvo que esta figura es distinta de la amnistía. Y añadió que, a su juicio, esta última medida, a diferencia de la primera, no es constitucional. Es posible que su abstención, de momento circunscrita a este caso, no tenga que ser examinada por el tribunal, ya que lo más probable es que esos dos primeros recursos contra la ley de amnistía ni siquiera se admitan a trámite y sean rechazados de plano.

El problema, en cambio, se replanteará cuando lleguen los primeros recursos con plena legitimación y fundamentación, por ejemplo, el que presente el PP inmediatamente después de aprobada la ley. Si el Supremo plantea una cuestión de inconstitucionalidad –por sus dudas sobre la legalidad de la amnistía a los líderes del procés– puede tardar algo más, porque los miembros de la Sala de lo Penal se tomarán algún tiempo para debatir los términos de su iniciativa, para acordarla y ponerla en práctica. Ahora bien, la alegación de Juan Carlos Campo para abstenerse seguirá en pie, puesto que la razón dada es su tesis de que la amnistía no encaja con la Constitución, expuesta en los citados informes sobre los indultos cuando era el titular de Justicia.

La estrategia del tribunal, en todo caso, es no anticipar escenarios y, por tanto, circunscribir por el momento la abstención de Campo al asunto en que era ponente. En paralelo, se van a rechazar las recusaciones contra otros cuatro magistrados que también derivan de las primeras impugnaciones presentadas, y que afectan al presidente del tribunal, Cándido Conde-Pumpido, y a los magistrados Ramón Sáez, Laura Díez, María Luisa Balaguer y María Luisa Segoviano, todos del sector progresista. El hecho de que se haya vuelto a cuestionar a los magistrados ha reforzado en el tribunal la idea de que hay que huir de los focos y abrir un paréntesis hasta que vuelvan a resolverse recursos con carga política.

Las sentencias más relevantes del próximo pleno serán muy probablemente las que se refieren a otros dos recursos contra la ley que creó el impuesto a las grandes fortunas, a los que se aplicará la misma doctrina por la que se rechazó la impugnación de la Comunidad de Madrid, impulsada por su presidenta, Isabel Díaz Ayuso. Esta doctrina se extendió luego a las sentencias sobre los recursos de Andalucía y Galicia, a las que seguirán los procedentes de Murcia y la Asamblea de Madrid. Con la particularidad de que las ya dictadas cuentan con el voto particular en contra de los cuatro magistrados del sector conservador, muy críticos con las estrategias parlamentarias seguidas por el Gobierno para aprobar dicho impuesto. Esta circunstancia contribuye a explicar por qué en el Constitucional no hay prisas por abordar recursos sobre materias sobre las que existen grandes diferencias entre los sectores conservador y progresista del tribunal.

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