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Juristas conservadores denuncian el deterioro del sistema político

El PP organiza una jornada con especialistas en derecho parlamentario y constitucional en la que Feijóo ha asegurado que “los ciudadanos plantan cara a autócratas variopintos”

José María Brunet
El presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo
El presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo (al fondo, en el centro), y la secretaria general del Partido Popular, Cuca Gamarra (a la derecha) durante la clausura de la jornada parlamentaria ‘Garantías del Estado de Derecho’, en el Congreso de los Diputados, este lunes.Fernando Sánchez (Europa Press)

El PP organizó este lunes una jornada bajo el título “Garantías del Estado de derecho” en el Congreso de los Diputaods que de la mano de juristas de las ramas parlamentaria y constitucional se convirtió en un acto de denuncia sobre el deterioro del sistema, por las prácticas abusivas de gobiernos sucesivos, especialmente reiteradas en la presente legislatura.

El exmagistrado del Constitucional Manuel Aragón dirigió la primera parte, y dio una voz de alarma sobre el “deterioro institucional” que se registra en múltiples países, incluso en algunos de “democracia antigua”. El acto de clausura fue presidido por el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, quien sintetizó el sentido de las quejas de los juristas como una muestra de la capacidad de reacción social, porque en todas partes “los ciudadanos plantan cara a autócratas variopintos”.

Feijóo se declaró “alumno agradecido” de los juristas Manuel Aragón, Encarnación Roca, Ramón Rodríguez Arribas, Benigno Pendás o Luis María Cazorla, especialistas en las citadas materias, que se sucedieron en la crítica a la pérdida de calidad democrática del sistema constitucional a causa de los abusos del poder, no solo del Ejecutivo, sino de las mayorías parlamentarias. Sobrevoló por la sesión el reciente choque entre el Congreso y el Constitucional, a propósito de la medida cautelarísima pedida por el PP y acordada por el tribunal para detener el proceso legislativo de la reforma del Código Penal relativa a la supresión del delito de sedición y la modificación a la baja de la malversación. Pero todos evitaron convertir el episodio en el eje de su intervención. Feijóo, a su vez, combinó lo jurídico con lo político, para subrayar que existe un intento de “socavar el funcionamiento de las instituciones” y añadir que “existe una anomalía en la conducta de los actuales dirigentes, en la medida en que ninguna socialdemocracia ha asumido los planteamientos de los independentistas y de los populistas”.

Aragón, a su vez, abogó por una justicia que no sea política, que tampoco debe hacerse —dijo— en el Constitucional, que tiene trazado camino regulado por el derecho, porque tiene “reglas de interpretación” que deben ser siempre jurídicas. Otras intervenciones mostraron cierta preocupación de fondo por la reciente renovación del órgano de garantías. Así, el exvicepresidente del Constitucional Ramón Rodríguez Arribas manifestó haberse quedado “muy tranquilo, bueno, tranquilo” —afirmó— cuando escuchó al nuevo presidente del tribunal decir que la Constitución no permite la secesión, ni la autodeterminación, ni la independencia.

Encarna Roca, a su vez, volvió a recordar la conocida frase del primer presidente del Constitucional, Manuel García Pelayo, cuando afirmó que el tribunal de garantías “es un tribunal político”, pero que “actúa con reglas jurídicas”. Y recurrió a otra cita en el sentido de que debe garantizarse que “el Ejecutivo no posee al legislativo”, para explicar con ello que “esta afirmación fue la que me decidió a apoyar la sentencia sobre el estado de alarma”, un fallo que supuso la anulación de los decretos aprobados por el Gobierno para hacer frente a la emergencia sanitaria por la pandemia del covid-19.

Benigno Pendás, presidente de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, destacó a su vez que “cuidar el Parlamento es cuidar la democracia” y advirtió de que ya desde una primera resolución que data de 1985 el tribunal de garantías dejó bien sentado que una “alteración de la voluntad de la cámara” por defectos del proceso legislativo puede llevar a que se declare la inconstitucionalidad del procedimiento seguido.

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