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El Defensor avala las 18 escuchas con Pegasus admitidas por el CNI, pero pide un mejor control judicial

Ángel Gabilondo concluye que los autos judiciales que autorizaron las intervenciones telefónicas estaban “extensamente motivados”

Óscar López-Fonseca
El defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, durante su comparecencia el pasado 10 de mayo en el Congreso para presentar su informe anual 2020.
El defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, durante su comparecencia el pasado 10 de mayo en el Congreso para presentar su informe anual 2020.ZIPI (EFE)

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, asegura, en un escrito oficial remitido este miércoles a la actual directora del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Esperanza Casteleiro, que la actuación de los agentes del CNI en las 18 escuchas a independentistas catalanes con el programa espía Pegasus admitidas por el propio servicio secreto se realizaron “conforme a la Constitución”. En el documento, Gabilondo afirma que las resoluciones judiciales dictadas por el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Lucas para autorizarlas estuvieron “extensamente motivadas”. No obstante, el Defensor hace un llamamiento a explorar “las posibilidades de perfeccionamiento del control judicial” sobre estas actuaciones antes los avances tecnológicos. “La interceptación de las comunicaciones no significa lo mismo en 2022 que en 2002, ni significará lo mismo en pocos años”, señala en el texto, en referencia a las amplias capacidades de espionaje que ofrece Pegasus y que van más allá que a la captura de conversaciones de voz.

En el escrito, Gabilondo recuerda que el 26 de abril, tras surgir las primeras noticias sobre la utilización de Pegasus para intervenir presuntamente los teléfonos móviles de 65 independentistas catalanes y vascos, la institución que encabeza inició una “actuación de oficio” para conocer si estos pinchazos telefónicos se habían hecho “con pleno respeto a las garantías establecidas en la Constitución y en el resto del ordenamiento jurídico”. El Defensor recalcaba que el fin último era conocer si se habían producido realmente aquellas interceptaciones y, en ese caso, si había habido resoluciones judiciales previas que las autorizasen y si estas “estaban suficientemente motivadas”. Para ello, tanto él como otros miembros de su equipo se desplazaron en cinco ocasiones a la sede del CNI, entre el 26 de abril y el 5 de mayo.

En esas visitas, el Defensor accedió a los autos judiciales, a los protocolos que rigen las relaciones de los servicios secretos con el magistrado que supervisa sus actuaciones y a un informe interno elaborado por el centro “con prontitud y exhaustividad” tras estallar el escándalo. Tras su análisis, Gabilondo concluye que la actuación del CNI se ajustó a la ley en el caso de las 18 intervenciones telefónicas que el 5 de mayo la entonces responsable de los servicios secretos, Paz Esteban, admitió durante su comparecencia en la Comisión de Secretos Oficiales del Congreso. Entre esa veintena de espiados estaban el actual presidente de la Generalitat, Pere Aragonès; Jordi Sànchez, secretario general de Junts per Catalunya; Carles Riera, diputado de la CUP; Gonzalo Boye, abogado de Carles Puigdemont; o David Bonvehí, presidente del PDeCAT.

Gabilondo asegura ahora que los autos dictados por el juez Lucas para estas escuchas “estaban extensamente motivados, esencialmente fundados en hechos concretos y las intervenciones de las comunicaciones previamente autorizadas en todos los casos examinados”. También, que el magistrado tuvo “un elevado grado de detalle” sobre los hechos “para poder adoptar” su decisión. En otro punto de la carta, el Defensor recuerda que estas interceptaciones no pueden basarse nunca en motivaciones ideológicas. “No es lo que se piense, sino lo que se haga en forma no democrática”, señala.

Por todo ello, el Defensor concluye que el control judicial previo en el caso de estas escuchas tuvo un “correcto funcionamiento”, aunque advierte que la norma legal que regula este control es del año 2002 y requiere cambios. “Los 20 años transcurridos, la impresionante evolución tecnológica de las últimas dos décadas (lo que incluye sistemas como el spyware [programa espía] Pegasus), los cambios que vendrán en el futuro próximo, la ‘aceleración’ de las tecnologías de la comunicación y la información, en fin, deben conducir a abrir una reflexión sobre la suficiencia o insuficiencia del control judicial existente, ahora y en lo por venir”, señala.

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Para esta reforma ―para la que no propone fórmulas concretas al considerar que ello corresponde al poder legislativo―, Gabilondo pide tener en cuenta “las reflexiones de la doctrina científica que se ocupa de temas de seguridad e inteligencia y las preocupaciones de algunos ciudadanos y organizaciones, así como las consideraciones que pudiera formular el Parlamento europeo [que ha abierto una comisión de investigación] sobre el programa Pegasus en cuanto al control judicial”.

El escrito también tilda de “anomalía” que la comisión de secretos oficiales no se hubiera constituido al inicio de la legislatura por las diferencias entre los partidos sobre qué diputados debían formar parte de ella. “Las discrepancias políticas o la composición de la Cámara (que es la que han querido los ciudadanos con su voto) no puede ser un obstáculo para garantizar el funcionamiento regular de las instituciones”, señala tras congratularse de que finalmente se constituyera.

Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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