Confirmada la condena de siete años de inhabilitación por prevaricar al expresidente de la Diputación de Pontevedra
El recurso de Rafael Louzán, exbarón del PP, ha logrado eludir la pena de dos años de prisión por fraude en el sobrecoste de las obras de un campo de futbol
La Audiencia de Pontevedra ha confirmado que el expresidente de la Diputación Rafael Louzán, que ejerció el cargo durante caso dos décadas, cometió un delito de prevaricación al conceder a una empresa una subvención de 86.311 euros para unas obras de mejora del campo de fútbol de Moraña que en su mayor parte ya estaban ejecutadas. Por ese motivo, ha sido condenado a siete años de inhabilitación para empleo o cargo público.
La sentencia ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la defensa de Louzán y lo absuelve del delito de fraude por el que había sido condenado a dos años de prisión por el Juzgado Número 3 de Pontevedra. El fallo tampoco ha considerado que hubo fraude en la actuación del entonces director de Infraestructuras de la Diputación y el administrador y un empleado de la empresa adjudicataria del proyecto. No obstante, el tribunal los condena a cada uno de ellos como cooperadores necesarios de un delito de prevaricación, por el cual la Audiencia ha mantenido también la pena de siete años de inhabilitación.
Los jueces sostienen que el exbarón del PP y entonces presidente del partido en la provincia de Pontevedra, así como los considerados cooperadores necesarios, prevaricaron al ponerse de acuerdo “en crear y desarrollar un procedimiento administrativo ficticio para que la Diputación abonara a la empresa unas cantidades que reclamaba por obras realizadas al margen del proyecto de una obra subvencionada por el organismo”.
Sobre el expresidente de la Diputación y actual presidente de la Federación Gallega de Futbol, la sentencia incide en que Louzán prevaricó al votar a favor del acuerdo de conceder la subvención “a sabiendas de que era [algo] ilegal y arbitrario porque respondía a un artificio para, burlando las barreras de la normativa, satisfacer las reclamaciones de la contratista, infringiendo el deber de transparencia y no protegiendo los derechos de la Administración”. Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación.
El alto tribunal provincial ha absuelto del delito de fraude a todos los condenados en primera instancia por este caso y, a la exalcaldesa de Moraña, Luisa Piñeiro, y al arquitecto que firmó el proyecto, también del delito de prevaricación, porque entiende que la declaración de complejidad de la causa fue adoptada fuera de plazo y, por tanto, el procedimiento se dirigió contra ambos cuando ya había expirado el plazo de instrucción. Por tanto, estos dos últimos investigados han sido absueltos de todos los delitos, al igual que los dueños de las dos constructoras que accedieron a participar en el procedimiento negociado sin publicidad a sabiendas de que se trataba “de un mero trámite” para adjudicar la obra a una determinada empresa, pues solo habían sido condenados por un delito de fraude.
La Audiencia considera probado que la constructora, a la que la Diputación había adjudicado en 2011 la instalación de hierba artificial en el campo de fútbol de Moraña y otras obras en edificaciones anexas, aumentó su coste en 86.816 euros. Al tratarse de una obra ejecutada con subvención, la legislación impedía rebasar el importe subvencionado, por lo que, para hacer frente a ese pago, “se ideó un sistema artificioso, en fraude de ley, tendente a abonar a la empresa el importe que reclamaba sobre el presupuesto aprobado”. Así, en 2013 se adjudicó de forma irregular otra obra a la misma constructora por ese importe. En concreto, las mejoras en el vestuario y las gradas del campo de fútbol, a pesar de que parte de ellas ya habían sido realizadas.
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