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La Audiencia Nacional condena a ADIF a pagar 176.000 euros a los padres de una menor que murió en las vías del tren en Málaga

El juez destaca “la falta de colaboración” del organismo en la búsqueda en 2017 de Lucía Vivar, de tres años, que se perdió y fue golpeada horas más tarde por un tren durante la madrugada

Un guardia civil en las inmediaciones de la zona de la vía del tren donde había aparecido el cuerpo sin vida de la niña, Lucía Vivar, en julio de 2017.
Un guardia civil en las inmediaciones de la zona de la vía del tren donde había aparecido el cuerpo sin vida de la niña, Lucía Vivar, en julio de 2017.Garcia-Santos

La Audiencia Nacional ha condenado al Administrador de Infraestructuras Ferroviarios (ADIF) a pagar algo más de 176.000 euros a los padres de Lucía Vivar, niña de tres años que falleció por el golpe de un tren en el año 2017 en Málaga. La investigación penal descartó la participación de terceras personas en el caso y fue archivado, pero los progenitores denunciaron más tarde que el organismo público no había colaborado lo suficiente en la búsqueda de la menor. El Juzgado Central de lo Contencioso Número 4 les ha dado la razón. La sentencia, dictada por el magistrado-juez Pablo Álvarez, destaca que se debió suspender el tráfico ferroviario y que el visionado de las cámaras de seguridad tendría que haberse hecho “con la diligencia y minuciosidad que el asunto requería”. El juez cree que el procedimiento fue negligente y ello causó la muerte de la niña, de ahí la indemnización.

Lucía Vivar desapareció el 26 de julio de 2017 mientras jugaba con sus primos en la terraza del bar La Estación, en Pizarra (Málaga, 9.106 habitantes) donde cenaban sus familiares. Sobre las 23.30, cuando sus padres, Antonio Vivar y Almudena Hidalgo, iban a marcharse, no la encontraron. Avisaron a la Guardia Civil, que inició un operativo de búsqueda en el que participaron unas 600 personas. La niña, sin vida, fue encontrada a las 6.43 horas de la mañana a cuatro kilómetros de donde se le había perdido la pista. Un maquinista del tren de Cercanías fue el que avisó tras ver el cuerpo de la pequeña junto a las vías del tren. La investigación concluyó que su muerte fue accidental. Un tren la golpeó después de que la pequeña se perdiera, caminara desorientada durante horas y cayera dormida en las vías.

Los padres siempre defendieron que Lucía “no se fue por voluntad propia”, pero el caso fue archivado. A pesar del portazo judicial en la causa penal, los padres insistieron en la vía administrativa en abril del año pasado. Sostenían que la búsqueda no se había ejecutado de la manera adecuada y pedían 176.239,5 euros por los daños y perjuicios producidos y otros 50.000 euros por daños morales. La Audiencia Nacional les ha dado ahora la razón, en parte, estimando la primera petición y desestimando la segunda, según el juez, porque no hay relación de causalidad entre los daños reclamados y la actuación llevada por ADIF.

La sentencia indica que “resulta indubitado” la falta de colaboración por parte de ADIF en la búsqueda de Lucía. El magistrado-juez lo sostiene en dos argumentos principales. Por un lado, que el Centro de Protección y Seguridad de Sevilla “no procedió al correcto visionado” de la grabación de las cámaras de seguridad instaladas en la estación de Pizarra, “lo que hubiera facilitado” la localización de la menor. Aquella noche, los técnicos del centro dijeron en su primera comunicación que no se veía nada en la grabación, pero más tarde, “cuando ya era demasiado tarde” sí confirmaron que se veía a la pequeña caminando hacia las vías del tren. “Bastaba con el visionado de las imágenes grabadas durante diez minutos”, subraya el juez, que afirma que esa comprobación de las cámaras “se debería de haber realizado con la diligencia y minuciosidad que el asunto requería”. Sin esa información, la búsqueda de la menor se realizó sin acotar ningún lugar y no específicamente hacia donde ella se dirigió, dificultando las actuaciones para encontrarla.

El segundo factor es que el tráfico ferroviario no se llegó a suspender en ningún momento. El juez confirma que es una medida muy drástica porque se desconocía si la menor iba hacia las vías del tren. Sin embargo, como era una posibilidad, “la adopción de dicha medida estaba justificada”. Más aún cuando era noche cerrada y sin luz, la búsqueda de Lucía no se podía realizar de manera adecuada. De hecho, el maquinista que alertó tras haber visto el cuerpo sin vida de la niña afirmó a la Guardia Civil que en el trayecto de ida del tren que conducía había visto un “bulto oscuro” junto a una curva, inmóvil, pero no lo vio bien y pensó que sería un animal. A la vuelta, cuando ya empezaba a amanecer, pudo ver con claridad que tenía ropa y que se trataba de la menor.

El juez ha tenido en cuenta las declaraciones del abuelo de Lucía, del alcalde de Pizarra, de varios vigilantes de seguridad, de tres agentes de la Guarida Civil y del propio maquinista. “Con dichas pruebas testificales se confirma la falta de colaboración por parte de ADIF en la búsqueda de la menor”, afirma. Por ello, aprecia “la existencia de relación de causalidad” entre la actuación del organismo público y los daños reclamados por los padres de Lucía. Así, condena a ADIF a pagar 176.239 euros a los padres en concepto de indemnización, pero no incluye los 50.000 por daños morales por las circunstancias en la que se produjo la muerte de la niña: el acceso de una persona de tres años, especialmente vulnerable, a las vías del tren. Ante la sentencia caber recurso de apelación, aunque, tras ser consultadas, fuentes del administrador ferroviario no han indicado si lo presentarán.

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