El juez extingue la pena de prisión para el dueño de la finca donde falleció el niño Julen
La condena estaba suspendida dos años si David Serrano no cometía ningún delito, aunque deberá terminar de indemnizar a los padres del menor
El Juzgado de lo Penal 9 de Málaga ha declarado extinguida la pena de cárcel impuesta a David Serrano, propietario de la finca de Totalán (Málaga) donde murió el pequeño Julen en enero 2019 tras caer a un pozo. La ejecución de la condena por homicidio imprudente, de un año de prisión, quedó suspendida durante dos años a cambio de que Serrano no cometiese ningún delito, como así ha ocurrido, según han confirmado sus abogados. La decisión pone el punto final judicial al mediático caso, aunque al condenado le queda por pagar gran parte de la indemnización de 189.500 euros que acordó con los padres del menor y la fiscalía.
Julen, de dos años, cayó al pozo —que tenía 25 centímetros de ancho y 110 metros de profundidad— mientras jugaba en la finca de David Serrano durante la tarde del 13 de enero de 2019. Minutos después arrancó un operativo de rescate que se mantuvo durante casi dos semanas con la participación de más de 300 profesionales de distintas disciplinas. Fueron los miembros de la Brigada de Salvamento Minero asturiana quienes, en la madrugada del 26 de enero, hallaron el cuerpo sin vida del menor a unos 70 metros de profundidad. La autopsia reveló que el niño había fallecido por los golpes sufridos durante su caída al vacío.
Un año después de que el niño cayera accidentalmente al pozo y falleciera en la caída y justo el día antes de que comenzara el juicio, Serrano llegó a un pacto con los progenitores y el ministerio fiscal, que originalmente pedían tres años y medio y tres años de cárcel, respectivamente, para el que consideraban único responsable de la muerte del pequeño. Tras el acuerdo, el juez impuso la pena de un año de prisión para el propietario de los terrenos y el pago de 189.000 euros a Victoria García y José Roselló, padres de Julen, así como más de 663.000 euros a la Junta de Andalucía. La condena consideraba probado un delito de homicidio por imprudencia grave, pero la pena se rebajó a un solo año por dos motivos. Por un lado, porque Serrano hizo un primer pago de 25.000 euros de la indemnización el día antes de la celebración de la vista. Por otro, porque se arrepintió de lo ocurrido y pidió perdón. El acusado evitó la cárcel, además, por carecer de antecedentes penales.
El juez le impuso como condición que no cometiese ningún delito durante los dos siguientes años —es decir, hasta el 20 de enero de 2022— y que se presentase ante el juzgado cada seis meses. También le pedía que si encontraba trabajo, lo comunicase para aumentar la cuantía mensual por la indemnización, que quedó fijada en 50 euros mensuales. “No considero que sea usted una persona peligrosa o que vaya a cometer delitos en el futuro. El hecho de que entre en prisión no será preciso para que cambie cualquier tipo de conducta. Así que se va a considerar el beneficio de la suspensión”, afirmó entonces el juez.
Como Serrano no ha cometido ningún delito desde entonces, la pena de prisión se ha extinguido, aunque se mantiene el pago de la responsabilidad civil. Los frecuentes impagos de esos 50 euros al mes llevaron a la Fiscalía de Málaga a pedir su ingreso en prisión en diciembre de 2020 e incluso el juez le advirtió, en verano de 2021, que si se retrasaba de nuevo en el pago, entraría en la cárcel. Ahora, el juez explica que es “indiscutible que el condenado no ha hecho frente a su abono total, habiendo solamente satisfecho durante la ejecutoria una ínfima parte en el sentido que le fue exigido”, pero que ello “no va a ser obstáculo” para la remisión de la pena. El juzgado realizará “averiguaciones patrimoniales” periódicas para comprobar la capacidad económica de Serrano por si tuviera posibilidad de aumentar la cantidad de los pagos a los padres.
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