La justicia argentina revoca la decisión de la jueza Servini de procesar a Martín Villa por delitos de lesa humanidad
La Cámara de Apelaciones considera que la magistrada no ha encontrado pruebas que incriminen al exministro de Gobernación
La Cámara de Apelaciones de Argentina ha revocado este jueves la decisión de la jueza María Servini de Cubria de procesar por delitos de lesa humanidad a Rodolfo Martín Villa, ministro de Relaciones Sindicales y Gobernación (Interior) en los primeros gobiernos en España tras la muerte del dictador Francisco Franco. Según fuentes jurídicas, los magistrados de apelación han atendido el recurso de los abogados de Martín Villa, al entender que de lo investigado por la jueza Servini hasta el momento no hay motivos para seguir la causa penal contra él en la llamada “querella argentina” sobre la represión franquista. Contra esta resolución cabe recurso ante la Corte Suprema argentina. Si recurriesen las entidades querellantes, Martín Villa, según fuentes de su entorno, también se personará.
El exministro fue procesado el pasado octubre por cuatro homicidios policiales ocurridos en los primeros años tras la muerte de Franco y que no fueron debidamente juzgados en España. Entre estos sucesos figuran la muerte de tres obreros por disparos de la Policía Armada el 3 de marzo de 1976 en Vitoria, la peor matanza provocada por las fuerzas del orden en la Transición, y la muerte de otra persona abatida por disparos de los agentes en los sanfermines de Pamplona de 1978. Servini consideraba a Martín Villa, “prima facie [a primera vista], autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado” de estas cuatro víctimas de la represión.
El tribunal de apelación considera que la jueza incurrió en un “desacierto en la calificación jurídica” al considerar a Martín Villa “autor mediato” de estos crímenes “por el dominio de un aparato de poder organizado”. La Cámara rechaza que estas cuatro muertes durante la Transición constituyan crímenes de lesa humanidad, calificación jurídica que empleó Servini para encausar a Martín Villa en aplicación del principio de justicia universal.
Uno de los magistrados señala que la dificultad y magnitud del procedimiento judicial “no puede traducirse en relajar exigencias probatorias que son ineludibles a la hora de precisar adecuadamente los acontecimientos y su encuadre normativo en un delito contra el derecho de gentes”. La Cámara de Apelaciones afirma también que “lo cierto es que no se ha probado en autos la existencia de un aparato de poder, a plena disposición de Villa que impartiendo órdenes (a la Policía, en este caso) permita considerarlo como autor mediato de los hechos aquí investigados”.
El exministro de los primeros gobiernos del reinado de Juan Carlos I lleva siete años, desde octubre de 2014, sometido al proceso judicial en Argentina, y siempre ha reivindicado su inocencia, negándose incluso a acogerse a la Ley de Amnistía de 1977. Tras solicitarlo en al menos seis ocasiones, en septiembre de 2020 declaró como imputado por videoconferencia desde la Embajada de Argentina en Madrid: “He venido a defenderme, porque me rebelo a vivir en presunción de culpabilidad en vez de presunción de inocencia, pero sobre todo para defender que es imposible que en la Transición hubiese un genocidio”, dijo entonces a la juez Servini.
El antiguo máximo responsable de las fuerzas de seguridad, de 87 años, recibió el respaldo por escrito de todos los expresidentes del Gobierno de la democracia y de otros 15 antiguos líderes políticos y sindicales. En sus escritos, todos ellos corroboraban que el político y empresario leonés “siempre actuó con un total compromiso para defender el Estado de derecho y reformar las fuerzas de seguridad del Estado”. El expresidente socialista Felipe González afirmó que Martín Villa “fue impecable y [estuvo] fuertemente comprometido con el Estado de derecho, su preservación y su desarrollo”; y expresó su “asombro e incredulidad” por su imputación.
La decisión de la corte argentina de revocar el procesamiento del exministro se suma a la que ya adoptó este tribunal en julio de 2017, cuando anuló la orden de detención internacional que Servini había cursado contra Martín Villa y que le impedía salir de España bajo riesgo de ser arrestado. El tribunal superior consideró entonces que la jueza instructora no tuvo en cuenta a la hora de imputarle por delitos de lesa humanidad las “circunstancias distintivas” de estos hechos, el “espacio temporal” en que ocurrieron y “el contexto que los rodeó”.
Tras conocer el pasado octubre la decisión de procesarle, el exministro dirigió una carta al presidente de la Cámara de Apelaciones en la que afirmó: “Tengo la convicción de que, tras una dilación desmesurada, sin una verdadera investigación judicial y con una manifiesta parcialidad, se ha dictado un procesamiento injusto en lo personal. Y, lo que es más importante, infundado porque califica los hechos como delitos de lesa humanidad, cosa imposible en la Transición española, que considero —y creo no estar solo en esta afirmación— el mayor éxito en pro de la reconciliación y la convivencia entre los españoles en nuestra reciente Historia”.
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