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La Fiscalía pide un año de cárcel para un periodista de ‘ok diario’ por acoso a los hijos de Iglesias y Montero

El ministerio público quiere que se prohíba al reportero acercarse a menos de 500 metros de la casa y otros lugares frecuentados por los menores

El entonces vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, y la ministra de Igualdad, Irene Montero, con su hija en un acto en Madrid en 2020.
El entonces vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, y la ministra de Igualdad, Irene Montero, con su hija en un acto en Madrid en 2020.KIKE PARA

La Fiscalía Provincial de Madrid ha solicitado un año de prisión para el redactor de ok diario A. E. por un supuesto delito de acoso y hostigamiento a dos de los hijos menores del exvicepresidente segundo del Gobierno y candidato a la Comunidad de Madrid, Pablo Iglesias, y la ministra de Igualdad, Irene Montero, en los meses de noviembre y diciembre de 2019. El ministerio público pide también que se le prohíba, durante dos años, acercarse a menos de 500 metros tanto del domicilio como de los lugares frecuentados por los menores.

Según el escrito de la Fiscalía, el acusado acosó y hostigó a los menores, que entonces tenían 17 meses, y entiende el ministerio público que esos actos constituyen un delito contra la libertad de los menores, regulado en el artículo 172 del Código Penal. Por su parte, los dirigentes de Podemos han elevado la petición a una pena de dos años de prisión, a la orden de alejamiento por cinco años y a una compensación económica de 10.000 euros por el “daño moral sufrido”.

La empresa editora del medio digital dirigido por el periodista Eduardo Inda, Dos Mil Palabras S. L., y A. E. habían recurrido el procesamiento, pero la Audiencia Provincial denegó la petición, por lo que el reportero tendrá que sentarse en el banquillo.

Llamadas a la cuidadora

El relato de la Fiscalía añade que el acusado llamó en “reiteradas” ocasiones a la cuidadora de los hijos de Iglesias y Montero. El redactor de Okdiario acudió a su domicilio en noviembre de 2019. Después de insistir llamando a la puerta de su casa, sin éxito, un vecino de Galapagar le dio el número de teléfono de la mujer encargada de los menores, y A. E. la llamó reiteradamente a lo largo de más de un mes. Entiende el ministerio público que lo hizo para conseguir información de los niños y de la propia empleada. Ella no atendió las llamadas.

El acusado se personó varias veces en el domicilio de la cuidadora de los hijos de Iglesias y Montero, en Galapagar (Madrid), “llamando insistentemente” al telefonillo y a la puerta. En una de esas ocasiones fue sorprendido por los escoltas de los dirigentes de Podemos, a los cuales negó ser periodista y aseguró estar en la zona por curiosidad. Otra, llamó más de siete veces al telefonillo de la casa, según recoge el escrito del Ministerio Público, lo que alertó a los escoltas. En otra ocasión, llevó cámaras de grabación “con el fin de localizar” a los niños u “obtener en su defecto información” de ellos. El acusado preguntó incluso a menores que disfrutaban de zonas infantiles cercanas.

El escrito del Ministerio Público coincide con la jueza de instrucción que investigó los hechos en que el acusado provocó un cambio en las rutinas de los menores. Se modificaron sus horarios, el lugar de entrega y recogida, sus entornos de ocio. Los niños dejaron de salir de la vivienda por temor a que no se preservase su seguridad y su intimidad. La actuación de A. E., entiende la Fiscalía, llevó a la cuidadora a dejar su trabajo con los niños, a finales de diciembre de 2019.

Fe de errores: En una versión anterior del texto se decía por error que A. E. se personó varias veces en el domicilio de Iglesias y Montero, cuando la información correcta es que se personó en casa de la cuidadora de los hijos de la pareja.

Aviso de actualización

Por Auto de 8 de abril de 2021, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Collado Villalba acordó el sobreseimiento provisional de la causa respecto a D. Eduardo Inda.

Asimismo, por Sentencia de 9 de febrero de 2022, el Juzgado de lo Penal nº 30 de Madrid acordó la absolución de A. E. del delito por el que había sido acusado en el procedimiento. Dicha decisión fue confirmada por sentencia de la Sección 7 de la Audiencia Provincial de Madrid.

El nombre del absuelto ha sido sustituido por iniciales.

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