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La suspensión del aplazamiento de las elecciones, una decisión provisional

La fecha de los comicios seguirá en el aire hasta el jueves, cuando los jueces decidan si avalan el aplazamiento

La portavoz del Govern, Meritxell Budó, y el conseller de Acción Exterior, Bernat Solé.
La portavoz del Govern, Meritxell Budó, y el conseller de Acción Exterior, Bernat Solé.RUBÉN MORENO (Europa Press)
Jesús García

Las elecciones autonómicas en Cataluña siguen en el aire. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha suspendido, de forma provisional, el decreto del Govern que aplazaba los comicios a la primavera. De manera que el decreto que ahora está en vigor es el que fija las elecciones para el próximo 14 de febrero. El aterrizaje del proceso electoral en los tribunales suscita algunas preguntas.

¿Cómo comenzó el proceso? Con la demanda de particulares y partidos políticos extraparlamentarios —como la Lliga Democràtica— contra el decreto del Govern que dejaba en suspenso las elecciones del 14-F. Dos ciudadanos, entre ellos el abogado Josep Asensio —que ha presentado querellas en favor de los políticos independentistas—, consideran que el aplazamiento no se ajusta a derecho. Y pidieron la adopción de medidas “cautelarísimas”.

¿Qué son las “cautelarísimas” que ha acordado el Tribunal? Son medidas que se adoptan a petición de una parte (el demandante), siempre y cuando alegue “circunstancias de especial urgencia”. Los magistrados creen que es lo que ocurre en este caso por la proximidad de la convocatoria del 14 de febrero.

¿Qué consecuencias tiene la decisión? Además de suspender de forma provisional el decreto de aplazamiento del Govern, la principal consecuencia es que se activa de nuevo el proceso electoral para el 14-F. Eso implica que se ponen en marcha todas las actividades necesarias para celebrar las votaciones, lo que movilizará personas y recursos públicos los próximos días.

¿Hay tiempo para celebrar las elecciones el 14-F? Ese es uno de los puntos clave. La resolución da a entender que sí, pero añade que los plazos que da la ley electoral son los que son y, con la parálisis de los últimos días, no hay tiempo que perder. Este martes, la Generalitat y la Junta Electoral Central dieron instrucciones para retomar las tareas que se habían paralizado con la aprobación del decreto que aplazaba las elecciones al 30 de mayo por la pandemia.

¿Cuál es el próximo paso? La Fiscalía y la Generalitat deben presentar sus alegaciones ante el tribunal superior catalán. Tienen de plazo hasta las 10.00 del jueves. A partir de ese momento, los magistrados debatirán si aceptan las medidas cautelares pedidas por las partes. En su mayoría, los demandantes alegan que se han vulnerado derechos fundamentales y que el aplazamiento electoral no se ajusta al derecho. Es previsible, según fuentes judiciales, que la decisión se adopte el mismo jueves por la tarde o bien el viernes.

¿Cuándo serán los comicios? Depende. Si los jueces revocan el decreto de aplazamiento, la convocatoria válida será la del 14-F. Si lo validan, en cambio, asumen la nueva fecha de la Generalitat: el 30 de mayo. La decisión se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, pero el recurso no frena la validez de la resolución.

¿Hay recorrido judicial más allá del jueves? Sí. El TSJC se habrá pronunciado sobre las medidas cautelares y, por tanto, sobre la cita electoral, pero no sobre el asunto de fondo: si el aplazamiento ha vulnerado derechos fundamentales y si ha causado perjuicio a los afectados. Si la demanda sigue adelante más allá de las cautelares, esa resolución (que será una sentencia) puede tardar meses en llegar, incluso cuando los comicios ya se hayan celebrado.

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Sobre la firma

Jesús García
Periodista especializado en información judicial. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona, donde ha cubierto escándalos de corrupción y el procés. Licenciado por la UAB, ha sido profesor universitario. Ha colaborado en el programa 'Salvados' y como investigador en el documental '800 metros' de Netflix, sobre los atentados del 17-A.

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