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La Audiencia Nacional devuelve a Pablo Iglesias la condición de perjudicado en el ‘caso Dina’

El tribunal revoca la decisión del juez García Castellón de retirar al líder de Podemos la condición de posible víctima

Iglesias acude a la Audiencia Nacional como perjudicado por el caso Villarejo.
Iglesias acude a la Audiencia Nacional como perjudicado por el caso Villarejo.Juan Carlos Hidalgo
Fernando J. Pérez

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha devuelto al vicepresidente del Gobierno y líder de Podemos, Pablo Iglesias, la condición de perjudicado en el caso Dina, la pieza del macrosumario del caso Villarejo en la que se investiga el robo del móvil de Dina Bousselham, colaboradora del político, y la posterior publicación de datos almacenados en ese terminal. La Sección Tercera de lo Penal atiende sendos recursos de Iglesias y de Bousselham y revoca la decisión del juez instructor, Manuel García-Castellón, de retirar, el pasado 17 de julio la condición de víctima en la causa a Iglesias.

En la resolución ahora anulada, el magistrado apreciaba la posibilidad de que la publicación de los documentos del móvil de Bousselham no partiera de la red de corrupción policial del comisario jubilado José Manuel Villarejo sino que incluso pudo haberse generado en el mismo seno de Podemos como una forma de hacerse pasar por víctimas de la llamada policía patriótica. El magistrado sospechaba del hecho de que Pablo Iglesias conservara en su poder la tarjeta del móvil de su antigua colaboradora durante meses después de haberla recibido de manos de Antonio Asensio, presidente del grupo Zeta y editor de la desaparecida revista Interviú, que no llegó a publicar su contenido. La tarjeta que entregó Iglesias a Bousselham se encontraba, además, dañada.

En un auto de 13 folios, del que ha sido ponente el magistrado Carlos Fraile Coloma, el tribunal de apelación considera que “no hay pruebas” que sustenten las “alternativas” señaladas por el juez García-Castellón. Según el tribunal, las consideraciones del instructor son “meras hipótesis que no desvirtúan” la conexión de Pablo Iglesias con el objeto de la pieza 10 (Dina) del macrosumario sobre los negocios de Villarejo, y que deriva del hallazgo en el domicilio del comisario corrupto de unos dispositivos electrónicos que contenían los archivos que almacenaba el móvil de Dina Bousselham en el momento de su sustracción, el 1 de noviembre de 2015.

El tribunal recuerda que hay tres elementos que conectan a Iglesias como perjudicado con el proceso. El primero es el hallazgo de los documentos en poder de Villarejo en su domicilio de Boadilla del Monte (Madrid). El segundo es el hecho de que pantallazos del móvil de Bousselham fueron publicados por el digital Ok Diario, de Eduardo Inda, con posterioridad a la fecha en que la entonces asesora de Iglesias denunció el robo del terminal. El tercero es la mera posibilidad de que los archivos publicados por ese medio de comunicación llegaran allí a través de Villarejo.

El tribunal argumenta que la inicial admisión por el juzgado de instrucción de Iglesias como perjudicado “no pudo basarse sino en la aceptación como verosímil" de que la publicación de los archivos almacenados en el teléfono de su asistente estuviera relacionada con la organización de Villarejo y la apreciación de que la difusión de esos contenidos podría “causar un quebranto al señor Iglesias”. Esos elementos, que conectaban a Iglesias con el objeto del proceso y permitieron su personación como perjudicado, se mantienen en la actualidad, según el tribunal.

En relación con las hipótesis alternativas planteadas por el juez García-Castellón respecto del origen de las informaciones publicadas —así como la naturaleza y autoría de los desperfectos de la tarjeta que Iglesias entregó a Bouselham— el tribunal indica que no serían competencia de la Audiencia Nacional al haberse cometido presuntamente los hechos fuera de la organización criminal investigada y por personas ajenas, por lo que deberían ser investigadas en otro órgano judicial.

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La condición de perjudicado, según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se atribuye a la persona que sin ser forzosamente víctima directa de un delito si se ve dañado por circunstancias que acompañan o derivan de su comisión. En este caso, el móvil le fue sustraído a Dina Bousselham —la víctima directa— y la publicación de los mensajes que contenía afectó a Iglesias, a quien el juez García-Castellón ofreció personarse en la causa sin necesidad de presentar querella.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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