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Mamadou, el niño que huyó de Malí y acabó sentando jurisprudencia en el Supremo

La fiscalía decretó su mayoría de edad en 2015 a pesar de tener una partida de nacimiento que mostraba que era menor. El tribunal falla que debió considerarse su documentación

María Martín
Mamadou, un maliense que llegó hasta el Supremo para demostrar su minoría de edad.
Mamadou, un maliense que llegó hasta el Supremo para demostrar su minoría de edad.

Han pasado cinco años hasta que Mamadou K., un adolescente maliense que llegó a España con 15 años, ha conseguido que la justicia le dé la razón. El Supremo falla ahora que la Fiscalía no debería haberle declarado adulto ante la negativa del joven a someterse a pruebas de determinación de la edad porque tenía documentos que acreditaban que era un adolescente y que la Comunidad de Madrid debía haberlo tutelado. La sentencia no cambia el abandono que sufrió el joven en sus primeros años en España, pero el equipo de juristas que ha llevado el caso celebra el precedente que marca el fallo y que puede beneficiar a cientos de niños. “Esta sentencia es todo un logro que esperemos se traduzca en un cambio legislativo. Otros niños y niñas, con similares circunstancias y documentación, quedan habitualmente en la calle por ser declarados mayores de edad y no encontrar en su camino a nadie dispuesto a creerles y defender sus derechos”, defiende Lourdes Reyzábal, presidenta de Fundación Raíces y valedora del caso.

Mamadou, nacido en Bamako en 1999, es un joven sin infancia. Vivió el comienzo de los conflictos armados en Gao con apenas 13 años y perdió a sus dos hermanos pequeños a manos de un grupo armado radical. Pasó unos meses intentando encontrarlos, pero acabó huyendo para salvarse. Trabajó en el campo de Argelia y peregrinó por Marruecos hasta que en diciembre de 2014 logró entrar en Melilla. Allí, ante la policía, tomó la decisión de declararse mayor de edad como hacen muchos jóvenes para poder salir de la ciudad autónoma y no pasar años hacinado en un centro de menores.

Esa mentira marcó su historia, porque al llegar a Madrid en 2015 y pedir la protección de la Comunidad, la Fiscalía no aceptó la partida de nacimiento que consiguió a través de su Embajada y le obligó a someterse a las pruebas que determinan la edad de los menores extranjeros, unos exámenes forenses cuestionados por su credibilidad. Mamadou se negó y el fiscal decretó en mayo de 2015 que tenía 18 años. El chico se quedó fuera del sistema de protección. “La negativa a someterse a cualquier prueba no puede ser considerado como un indicio acreditativo de que la edad verdadera es la que figura en la partida de nacimiento sino más bien como una prueba acreditativa de que la edad verdadera fue la que manifestó al entrar irregularmente en territorio español”, argumentó entonces la Fiscalía.

Pocos meses después, Mamadou consiguió tramitar su pasaporte que acreditaba que tenía 16 años y lo presentó ante la Fiscalía de Menores para recurrir la decisión que lo convirtió en adulto, pero no sirvió de nada. Comenzó entonces una batalla judicial en juzgados de primera instancia y la audiencia provincial hasta que su caso llegó al Supremo.

La Sala de lo Civil considera ahora que Mamadou no estaba indocumentado y que aportó una serie de documentos que demostraban su minoría de edad y que el valor de la documentación debe prevalecer frente a las dudas de la Fiscalía. El Supremo mantiene en su sentencia que la declaración de mayoría de edad que hizo Mamadou al entrar irregularmente en España no es decisiva para dudar de esos documentos y considera “creíbles” las explicaciones que el joven da para justificar su mentira.

Por último, el Supremo defiende que el rechazo a someterse a las pruebas no puede considerarse un criterio decisivo para sospechar de la mayoría de edad y considera “coherente” la negativa de Mamadou. El criterio prioritario, en cualquier caso, debe ser la protección del menor, resuelve el Supremo.

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“Ahora dicen que todo fue un error, que yo tenía razón, estoy contento, yo no quiero que esto le pase a ningún compañero mío, porque se pasa fatal siendo menor y teniendo que estar en un centro de adultos, no puedes estudiar, lo que hagas a todo el mundo le da igual, no tienes protección”, celebra ahora el joven, que trabaja en un restaurante.

Fundación Raíces reclama tras el fallo que la Fiscalía revise de inmediato sus actuaciones en materia de identificación, determinación de la edad y protección de los menores y pide al Gobierno que reforme la ley para garantizar que ningún niño o adolescente extranjero que tenga documentación acreditativa de su fecha de nacimiento sea sometido al procedimiento de determinación de la edad. “En los últimos años han llegado a nuestra sede más de 250 niños y niñas de países del África Subsahariana, cuya minoría de edad ha sido negada por la Fiscalía a pesar de tener documentación oficial de sus embajadas y consulados. Esta documentación nunca es cuestionada por la Fiscalía cuando quien la porta son ciudadanos adultos de esos países o niños que llegan a España acompañados por sus padres”, denuncia Lourdes Reyzábal. El Ministerio Fiscal, añade Reyzábal, no debe ser el órgano que determine la edad de los menores y sí los jueces, “pues ello permitiría a los niños y niñas contar con todas las garantías necesarias”.

A pesar de que los niños y jóvenes extranjeros continúan necesitando recurrir a la justicia para que se reconozca su edad y protección, la sentencia del Supremo cierra los resquicios legales a los que se aferraba la Fiscalía, pese a otros fallos en sentido similar que el propio alto tribunal dictó en 2014 y 2015, a los informes y recomendaciones del Defensor del Pueblo y a los dictámenes del Comité sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas.

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Sobre la firma

María Martín
Periodista especializada en la cobertura del fenómeno migratorio en España. Empezó su carrera en EL PAÍS como reportera de información local, pasó por El Mundo y se marchó a Brasil. Allí trabajó en la Folha de S. Paulo, fue parte del equipo fundador de la edición en portugués de EL PAÍS y fue corresponsal desde Río de Janeiro.

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