Seis meses de cárcel para un falso yihadista
La Audiencia Nacional condena a un treintañero de Elche por incitar a la violencia en favor del ISIS, aunque “ni siquiera es musulmán”
A Juan José T. se le ocurrió sentarse delante del ordenador para lanzar durante meses proclamas en favor del ISIS. “Reconozcan al Estado Islámico como nación libre y soberana”, comentaba, por ejemplo, en Youtube este treintañero de Elche (Alicante) desempleado que vivía en casa de sus padres. “Levántense en armas y acaben con los españoles para liberar las tierras del norte y devolver Andalucía a Marruecos”, escribía en Twitter. Un tipo de mensajes, donde también incitaba a la violencia, que repitió a lo largo de casi dos años. Hasta que lo cazó la Guardia Civil y lo sentó el pasado noviembre en el banquillo de los acusados. Ahora, la Audiencia Nacional le ha impuesto una pena de seis meses de cárcel por enaltecimiento del terrorismo, aunque la propia sentencia admite que era un yihadista fake: “Ni siquiera es musulmán. Se finge miembro del Estado Islámico”, subraya el fallo.
La resolución de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, fechada el pasado 2 de marzo, considera probado que Juan José T. es autor de decenas de mensajes y comentarios en Youtube y Twitter donde insiste “machaconamente” en la idea de que, como la Península estuvo en el pasado bajo dominio musulmán con el nombre de Al-Andalus, está justificado que ahora el grupo terrorista Estado Islámico actúe en España. “De modo, que invita [en las redes sociales] a que se mate a españoles o se trate de acabar con catalanes católicos, sustituyendo las cruces de las iglesias por medias lunas”, insiste el fallo, que añade: “Estos comentarios no son aislados, sino que se repiten y se reiteran desde junio de 2016 a enero de 2018”.
De esta forma, aunque la defensa alegó que el treintañero simplemente “asumía un rol” —“Jugaba cuando hacía estos sus comentarios, buscando notoriedad mediante la provocación”—, los magistrados subrayan que “existió un riesgo potencial e indirecto de propiciar acciones violentas”. Un argumento similar al que defendía la Fiscalía, que pidió tres años de cárcel para el acusado: “[Estas expresiones] constituyen un incentivo indirecto al lector a apreciar de manera positiva la realización de un acto criminal, y tienen como fin desencadenar un reflejo emocional de hostilidad, incitando y promoviendo el odio y la intolerancia”.
Aun así, la Sala de Apelación ha rebajado a seis meses la pena de dos años y un día de prisión que le impuso en primera instancia la Sección Segunda de la Sala de lo Penal. Los magistrados, paralelamente, condenan a Juan José T. a pagar una multa de casi 200 euros y parte de las costas derivadas del proceso judicial, además de inhabilitarlo durante un año y medio para ejercer cualquier oficio relacionado con el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre.
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