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La Cámara de Cuentas andaluza pone en duda la imparcialidad de su nuevo secretario general

El nuevo alto cargo no es funcionario y fue ex concejal en Estepona

Imagen de archivo de un pleno en el parlamento de Andalucía.
Imagen de archivo de un pleno en el parlamento de Andalucía.JESÚS PRIETO
Lourdes Lucio

Un informe del gabinete jurídico de la Cámara de Cuentas de Andalucía, el órgano encargado de fiscalizar los fondos públicos de la comunidad, advierte en contra del nombramiento del nuevo secretario general de la institución al no ser funcionario público. El pleno de la Cámara, un órgano dependiente del Parlamento, aprobó el pasado día 26 de febrero por cuatro votos a favor (los de dos consejeros propuestos por PP, uno por Ciudadanos y otro por Vox) y tres en contra (dos consejeros a instancias del PSOE, entre ellos el presidente de la Cámara, y uno de Adelante Andalucía) nombrar al ex teniente de alcalde de Estepona (Málaga) desde 2011 a 2019 a Manuel Aguilar Illescas secretario general de la Cámara.

Aguilar es una persona próxima al consejero de la Presidencia y portavoz del Gobierno, Elías Bendodo, y su nombramiento fue propuesto y justificado por los consejeros de PP, Cs y Vox al entender que formaba parte de un “acuerdo político” entre los partidos del Gobierno de coalición de PP y Ciudadanos. Bendodo ha sido uno de los máximos críticos con los fichajes de los anteriores gestores socialistas. “El socialismo ha manoseado a su antojo a la Administración andaluza; hay mucha gente socialista colocada por la puerta de atrás”, dijo el pasado mes de diciembre.

El presidente de la Cámara, Antonio López, advirtió verbalmente del perfil escogido para el cargo, además de la ruptura del habitual consenso en un órgano colegiado. Pidió ayuda al Parlamento para que emitieran una opinión jurídica pero los letrados argumentaron que excedía de su ámbito de competencia.

López encargó un informe a la letrada jefa de la Cámara de Cuentas quien advierte de que “las funciones públicas de secretaría, en su doble vertiente de asesoramiento y fe pública, implica el ejercicio de potestades públicas que deben estar reservadas a funcionarios”, como se recoge en el artículo 9.2 del Estatuto Básico del Empleado Público.

Y avisa de que las decisiones del órgano fiscalizador pueden verse comprometidas en el futuro. “La validez de las actuaciones de la Cámara de Cuentas, tanto en su vertiente de fiscalización (certificación de los informes) como en las restantes de secretaría, puede verse afectada si no se respeta” el citado artículo la ley del Estatuto del Empleado Público.

Ni la ley de Cámara de Cuentas de Andalucía ni su Reglamento recoge expresamente que el secretario general deba ser funcionario, aunque siempre este cargo lo ha ejercido una persona con esta condición. Sí está recogido expresamente en órganos similares como el Tribunal de Cuentas, de ámbito estatal, o la Sindicatura de Cuentas de la Comunidad Valenciana y el Consejo de Cuentas de Galicia.

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Entre las competencias asignadas al secretario general figuran una serie de potestades que la ley sólo reserva a los funcionarios púbicos, entre ellas, la redacción de actas y ejecución de los acuerdos del pleno; la autorización mediante firma de todas las certificaciones que se expidan sobre los antecedentes que existan en la Cámara; conservación y archivo de documentos; el asesoramiento jurídico; y adoptar medidas disciplinarias en casos leves, entre otras. Sí podría ejercer otras funciones como las de redactar la memoria anual, elaborar el anteproyecto de presupuesto y la jefatura del personal.

El informe del gabinete jurídico, que los consejeros recibieron el día anterior al nombramiento, señala que la fiscalización de la Cámara afecta “de manera indiscutible” a terceros, como los entes del sector público auditados que “obliga, según la doctrina y jurisprudencia, a garantizar la objetividad, imparcialidad e independencia en el ejercicio de esta función pública de fiscalización”.

El nombramiento de Aguilar aún no se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y puede ser recurrido, una vez que se produzca, por los consejeros, los sindicatos y, llegado el caso, por algún ente fiscalizador. Fuentes de la Cámara de Cuentas avisan de la “inseguridad jurídica” que la llegada de Aguilar, al no ser funcionario, puede provocar en las decisiones que adopte este órgano.

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