Imprudencia punible
El juez ve omisión de cautelas en quienes debían garantizar la seguridad del tren siniestrado
La conclusión provisional del juez que investiga las circunstancias y causas que pudieron contribuir al accidente ferroviario del pasado día 24 en Santiago, en el que perecieron 79 personas, es que además de la responsabilidad del conductor existe la de los profesionales de la seguridad ferroviaria que no tomaron medidas preventivas ante la posibilidad “claramente previsible” de que una pequeña desatención del maquinista pudiera provocar una catástrofe.
En función de ese criterio, llama a declarar como imputados a la persona (o personas) que, dentro del organismo de control de las infraestructuras ferroviarias, Adif, fuera responsable de la seguridad del trayecto Ourense-Santiago. Esta acotación obedece a que, en la argumentación del juez, la inadecuación de las medidas preventivas lo es con relación a los riesgos específicos del lugar del accidente: en una curva pronunciada tras una larga recta en que se podían alcanzar velocidades de 200 kilómetros por hora.
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El auto recoge minuciosamente la falta o insuficiencia de los mecanismos de alerta necesarios para asegurar que el maquinista efectuara a tiempo la reducción de velocidad hasta un máximo de 80 kilómetros por hora. Por ejemplo, resulta inútil la señal que indica esa limitación a menos de 300 metros del inicio de la curva, o la que anuncia la proximidad (a 2,5 kilómetros) de la estación de Santiago, y no la de la curva anterior. Pero, sobre todo, subraya el auto las limitaciones del sistema de ayuda a la conducción conocido como ASFA, que activa el freno automático cuando el tren sobrepasa los 200 kilómetros por hora, pero no si circula por ejemplo a 180, como fue el caso. Por ello, Adif debió haber adoptado otros procedimientos capaces de corregir eventuales errores personales: un despiste del maquinista, por ejemplo, favorecido por la llamada telefónica en mal momento del revisor.
El auto despliega una argumentación clara y sensata, pero es posible que algunas apreciaciones puedan ser matizadas por quienes tienen un conocimiento más técnico. Por eso el juez reclama de Adif y de Renfe una serie de informes sobre criterios respecto a la velocidad, protocolos de seguridad y otros datos. En su comparecencia del 8 de agosto, el presidente de Adif explicó que ninguno de los cinco proyectos presentados a concurso para ese tramo cuestionó el trazado de la curva de Angrois, y que tampoco era mencionada entre las 300 alegaciones presentadas.
Sin embargo, hoy sabemos que si bien esa curva no suponía un peligro extremo en condiciones normales, sí lo era si por la causa que fuera el tren se aproximaba a ella a la velocidad permitida hasta pocos kilómetros antes. La ministra Pastor dijo en su comparecencia parlamentaria que tras la catástrofe todo estaba en revisión. Del auto del juez se deduce que todo significa generalizar a todas las líneas de velocidad alta el sistema ERTMS, capaz de subsanar todo error humano previsible de manera automática.
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