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Coordinado por Gonzalo Fanjul y Patricia Páez

¡Salvemos la hospitalidad!

Esta entrada ha sido escrita por Nacho Sánchez, de la ONG Málaga Acoge.

Pero, ¿cómo cambiaría el Código Penal si entra en vigor la reforma? “El artículo 318 bis tiene un grave problema: la redacción es tan difusa que abre muchísimo las posibilidades de castigo”, cuenta Margarita Martínez Escamilla, Catedrática de Derecho penal de la Universidad Complutense de Madrid. Un taxista que lleva a una persona inmigrante en situación administrativa irregular, una familia que se lleva a alguien de vacaciones, una asesoría jurídica… son hechos que podrían ser delito si así lo considera el Ministerio Fiscal. “Quizás los jueces no hagan nunca esa interpretación. Pero no tenemos que confiar en que pase eso. No se debería jamás poder hacer esa mala aplicación”, indica Martínez Escamilla.

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