Perseguir los delitos
Celebro que el Gobierno reforme el Código Penal ampliando el plazo de prescripción de los delitos fiscales, pero por otro lado creo que su amnistía fiscal conculca otros artículos del mismo Código: en concreto el 301 que, al hablar de blanqueo de capitales, penaliza al que “realice cualquier otro acto para (…) para ayudar a la persona que haya participado en la infracción o infracciones a eludir las consecuencias legales de sus actos…”, o el 408 que, hablando de la omisión del deber de perseguir delitos, castiga a “la autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables...”. ¿Me equivoco?— Carlos Perrela Larrosa.
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