Valor real, valor de mercado
Los servicios tributarios de las haciendas autonómicas están aplicando liquidaciones en el capítulo de sucesiones de bienes inmuebles que gravan a los herederos sobre un “valor real” obtenido de multiplicar el valor catastral del bien por el coeficiente 4,90. El resultado de tal operación es un valor que se podrá calificar de mil modos, menos de real. Se podrá tildar de legal, pero al mismo tiempo de abusivo y desproporcionado.
La administración debería revisar la aplicación del mencionado coeficiente para hacer coincidir la legalidad a la justicia. El único valor real es el de mercado; el de un mercado hundido por los causantes de la burbuja inmobiliaria entre los que se encuentran voraces especuladores, una banca irresponsable y un Estado cómplice que aplica criterios recaudatorios no ajustados a la realidad actual del mercado inmobiliario.— Ángel Campos Martín-Mora.
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