_
_
_
_

El TSJA desestima un recurso del Ayuntamiento de Carboneras por El Algarrobico

El alcalde pretendía construir en una zona protegida, en la que está paralizada la construcción de un hotel desde 2006

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de súplica presentado por el Ayuntamiento de Carboneras (Almería) contra su decisión de prohibir cualquier actuación urbanística en el sector de El Algarrobico, donde están paralizadas por orden judicial desde 2006 las obras de un hotel de 20 plantas de altura y 411 habitaciones, ubicado en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar. El Ayuntamiento deberá abstenerse de urbanizar hasta que no se resuelva un pleito relativo al Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural.

La organización ecologista Greenpeace impugnó el recurso del Ayuntamiento de Carboneras. Por eso, en un comunicado, ha celebrado el auto del TSJA, que "amonesta" al alcalde, Cristóbal Fernández (PSOE), por pretender urbanizar una zona protegida.

Más información
"El Algarrobico le ha hecho mucho daño a Cabo de Gata y a Almería"
El galimatías de El Algarrobico

El hotel de El Algarrobico está paralizado desde febrero de 2006 por orden judicial a la espera de que se resuelvan numerosos recursos presentados por diferentes partes. El TSJA dictó el pasado 5 de mayo una providencia por la que prohibía al alcalde de Carboneras "realizar cualquier actuación urbanística" en el sector de El Algarrobico, "con el apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia", ya que el Ayuntamiento aprobó en agosto de 2009 las normas urbanísticas que rotulaban la zona como urbanizable.

El Ayuntamiento interpuso un recurso de súplica que fue impugnado por Greenpeace y que el TSJA ha decidido desestimar con fecha de 28 de octubre, y para el que no cabe recurso. El TSJA considera que el cambio de planos realizado por la Junta en 1997 no tiene validez jurídica y que la clasificación adecuada de estos terrenos es la de espacio no urbanizable, tal y como recogía la normativa de 1994.

El TSJA adoptó el 25 de noviembre de 2008 una medida cautelar por la que ordenó "mantener el grado de protección que tenía en el anterior PORN" (de 1994), donde los terrenos en los que se ubica el hotel estaban clasificados como espacio natural protegido no urbanizable.

Según Greenpeace, "la manipulación de los planos que hizo la Junta, sin respetar el procedimiento legalmente establecido, ha sido reconocida por el TSJA", de modo que el Gobierno autonómico debería "reconocer que los terrenos no son urbanizables".

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_