Absueltos dos Mossos acusados de detención ilegal por dudar del relato de la víctima
Según la sentencia el relato de los hechos realizado por la víctima "no alcanza verosimilitud y credibilidad para sostener la certeza de su versión"
La sección segunda de la Audiencia de Barcelona ha absuelto a dos Mossos d'Esquadra acusados de detención ilegal al considerar el tribunal que la declaración del denunciante no fue creíble, y a pesar de que el fiscal solicitaba trece años y medio de prisión para los policías. Además de un delito de detención ilegal, el fiscal acusaba a los mossos de otro delito de falsedad en documento oficial y de una falta de hurto, que igualmente han sido desestimados por el tribunal, que indica en la sentencia que el relato de los hechos realizado por la víctima, un inmigrante subsahariano, "no alcanza verosimilitud y credibilidad para sostener la certeza de su versión".
Los hechos sucedieron el día 1 de junio de 2008 cuando los dos mossos imputados, Rubén S. y Alberto M., patrullaban de paisano por Ciutat Vella. Durante la ronda, el inmigrante, Y.D., les ofreció hachís, por lo que fue detenido y, después de registrarle en la calle, le intervinieron 100 euros y una navaja. Posteriormente, le trasladaron a las dependencias policiales de Nou de la Rambla y, una vez en el interior, el acusado les dijo a los agentes que podía indicarles quién era su proveedor de la sustancia estupefaciente. En ese momento, los dos agentes tomaron la decisión de salir a buscar al supuesto proveedor con Y.D., que les siguió a pie junto al vehículo policial, si bien huyó del lugar poco después, para volver a la puerta de la comisaría, donde aseguró que los mossos le habían robado 105 euros. El tribunal indica en la sentencia que en el juicio se constataron "contradicciones con declaraciones prestadas en fases anteriores del proceso, incoherencias intrínsecas en el propio relato de los hechos y ausencia de corroboraciones". Además, la víctima y también testigo presentó "un discurso maleable y adaptable a las circunstancias", se añade en la sentencia. En estas constataciones, la sala ha tenido en cuenta las grabaciones de las cámaras de seguridad instaladas en la comisaría de Nou de la Rambla, de Barcelona, que "tampoco corroboran la versión del denunciante", se precisa en la sentencia.
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