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El juez ve "sorprendente" que un esquizofrénico que causó un accidente mortal se sacara el carné

El procesado ingresará en un centro adecuado a su enfermedad por la muerte de dos personas

La Audiencia Provincial de Valladolid ha impuesto a Manuel Jesús P.G. un plazo máximo de cuatro años de internamiento en un centro de régimen cerrado adecuado a la esquizofrenia que padece, tras juzgarle por la muerte de dos personas originada cuando condujo un turismo en sentido contrario por la A-6.

De esta forma, el tribunal considera a Manuel Jesús P.G. como autor de un delito de conducción temeraria, en concurso de normas con dos delitos de homicidio y cuatro delitos de lesiones por imprudencia grave y le absuelve de todos ellos, al apreciar la eximente completa de trastorno mental, a la vez que le impone el internamiento y la prohibición de conducir como medidas de seguridad.

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El fiscal había pedido la absolución del acusado, al tener en cuenta la alteración mental como eximente y había solicitado internamiento en un centro psiquiátrico durante 15 años y la privación del derecho a conducir vehículos a motor durante diez años.

La sentencia establece además que el encausado no podrá salir del centro sin autorización del tribunal sentenciador y detalla que el autor de los hechos "venia siendo tratado desde hacia varios años de su enfermedad, "si bien en el año 2005 se encontró mejor, dejó de ir al médico, no tomaba regularmente los medicamentos, e incluso sorprendentemente, y en contra de toda lógica, sacó el carné de conducir". A pesar de que la Audiencia concluye que "la enfermedad que padece el procesado es crónica" y "no tiene cura", los magistrados comparten la opinión del fiscal y fijan por un tiempo de diez años la privación del derecho a la conducción de vehículos, en lugar de indefinidamente. Estas medidas, añade la sentencia, se llevarán a cabo con la supervisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria que controlará cualquier variación de la enfermedad del procesado.

"Creía que los demás conductores querían matarle"

Los hechos por los que fue juzgado Manuel Jesús P.G., de 45 años, ocurrieron el 11 de marzo de 2007, fecha en la que condujo durante unos 40 kilómetros en sentido contrario al de la marcha. La sentencia considera que el encausado sufre una esquizofrenia paranoide y que aquel 11 de marzo presentaba una "reactivación de su patología psicótica que anulaba sus capacidades volitivas e intelectivas".

Según el auto, sobre las 17.45, el acusado condujo un turismo de su propiedad y se incorporó a la A-6 a la altura de Tordesillas (Valladolid) en sentido contrario al obligatorio de entrada a la autovía, "pese a la existencia de la señalización correspondiente claramente visible y perceptible", que impedía la entrada en dirección Madrid.

El procesado, aunque observó la circulación de numerosos coches en sentido contrario al que él llevaba, siguió en la misma dirección, al menos durante 40 kilómetros, "en la creencia" de que era él quien circulaba en sentido correcto y que los demás usuarios de la vía eran "los que querían matarle". Provocó así situaciones de "riesgo inminente de colisión" con esos vehículos, así como dos accidentes de tráfico que dieron como resultado la muerte de una mujer y de un hombre, ambos conductores de sendos turismos, y causó heridas a cuatro personas.

A pesar de los siniestros, el encausado continuó su trayecto, "sin percatarse de lo ocurrido", circulando en dirección contraria hasta abandonar la A-6 y circular por la VA-505, donde se salió de la vía y colisionó con una señal de circulación, tras lo que fue arrestado.

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