Los jueces valencianos ven legal que Camps aceptara regalos de la 'trama Gürtel'
Archivan la investigación al entender que los imputados recibieron obsequios pero no estaban relacionados con sus funciones
Los jueces que han decidido archivar la investigación sobre un supuesto delito de cohecho contra el presidente de la Generalitat y otros tres cargos públicos del PP valenciano hacen en su auto una interpretación especial de lo que significa el artículo 426 del código Penal (La autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente, incurrirá en la pena de multa de tres a seis meses).
Dos de los tres magistrados que han analizado los recursos de los altos cargos del PP entienden que Álvaro Pérez, El Bigotes, hizo todos los regalos que se citan en el auto, pero las dádivas no estaban relacionadas con la función que ocupaban entonces Francisco Camps, presidente; Victor Campos, vicepresidente; Rafael Betoret, jefe de gabinete de la consejera de Turismo; y Ricardo Costa (portavoz parlamentario del PP). Los jueces lo escriben así: "Entendemos que no cabe en el ámbito del Derecho Penal estimar que pueda existir un automatismo genérico en considerar que la conducta de admitir una dádiva por una autoridad o funcionario público, con independencia de otras posibles valoraciones de tipo ético, implique prácticamente de modo casi inevitable, que se estime que necesariamente se realiza en consideración a su función, por el mero hecho de constatarse que se reúne la cualidad de autoridad o funcionarios público". Y añaden: "Se descarta incluso un posible agradecimiento por la adjudicación contractual obtenida, e inclusive se reitera, que no se tendía a la obtención de una determinada contraprestación".
La red de empresas dirigidas por Francisco Correa, el hombre que organizó durante 10 años todos los actos del PP y trabó contactos con decenas de dirigentes de este partido en ayuntamientos y comunidades autónomas para lograr cientos de contratos, pagó varios millones de euros en comisiones ilegales a alcaldes, diputados y al menos un consejero autonómico e hizo regalos caros a otros dirigentes populares. Su principal centro de negocio desde 2004 fue la Comunidad de Madrid, donde sobornó a alcaldes, diputados autonómicos y, al menos, un consejero. Correa extendió sus tentáculos a la Comunidad Valenciana, donde creó una empresa llamada Orange Market, al frente de la cual puso a Álvaro Pérez que desde el primer día de funcionamiento logró ingresos de la administración autonómica que dirige Francisco Camps. En cuatro años, cerca de 8 millones de euros, más otro millón por organizar los actos del PP valenciano.
Para cultivar esa fuente de ingresos, El Bigotes, según la investigación judicial, hizo regalos a diestro y siniestro, acreditados por los apuntes registrados en la contabilidad B de la trama empresarial corrupta, los testimonios de muchos de los implicados y los documentos de los establecimientos donde se hicieron los regalos. Los funcionarios declararon que les daban contrato sin concurso porque los conocían como proveedores y por su experiencia. Sin embargo, al menos en el primer año de existencia de la empresa, no habían hecho ni un solo trabajo para la Comunidad Valenciana y recibieron múltiples contratos, algunos troceados en varias partes con importes inferiores a 12.000 euros para evitar la concurrencia de ofertas y el concurso público. La empresa que lograba estos negocios, regalaba a la vez trajes, zapatos, entradas de circo, juguetes carísimos, corbatas, bolsos, relojes y pulseras a los dirigentes del PP valenciano, al presidente Camps y a su familia. Muchos de los regalos los hacía El Bigotes por Navidad y otros, durante el resto del año y durante cuatro ejercicios seguidos.
El juez que investigó el caso en Valencia encontró suficientes indicios de un delito de cohecho y sostuvo en un auto que los dirigentes del PP valenciano deberían ser juzgados por un jurado popular. Pero tres compañeros suyos, que forman la sala encargada de estudiar los recursos de las partes, han dado la razón a Camps y a los suyos y han decidido archivar el caso.
El magistrado Juan Montero Aroca ha formulado un voto particular en el que discrepa de la interpretación que sus dos compañeros han hecho del artículo 426 del Código Penal: "No me parece que ese tipo penal tenga que requerir una relación de causalidad".
El auto del Tribunal Superior de Justicia de Valencia implica que cualquier alto cargo de la Comunidad Valenciana puede admitir, sin ningún problema, regalos por varios miles de euros de empresas que contraten con la administración valenciana. Esos regalos, según dos de los tres jueces de la Sala de lo Penal del Tribunal Valenciano, son legales.
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