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La Audiencia Nacional expedienta a Garzón por poner en libertad a dos narcotraficantes

Había caducado por error de unos pocos días el plazo para prorrogar sus prisiones preventivas durante dos años más

La Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional ha acordado hoy la apertura al juez Baltasar Garzón de un expediente disciplinario por falta leve relacionada con la excarcelación, el pasado 16 julio, de dos presuntos narcotraficantes turcos, a los que el magistrado se vio forzado a poner en libertad al pasarse dos días en el plazo legal para prorrogar la prisión preventiva.

La decisión ha sido adoptada a instancias del servicio de inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que el pasado 18 de diciembre remitió esta propuesta a la Audiencia Nacional ya que, al tratarse de una falta leve, la competencia para decidir al respecto le corresponde a la Sala de Gobierno.

El error de Garzón

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El CGPJ acordó el pasado octubre abrir una investigación tras recibir una queja contra Garzón del sindicato de funcionarios públicos Manos Limpias, que acusaba al juez de negligencia ya que había dejado en libertad por error el pasado julio a dos presuntos narcotraficantes turcos, Sahin Eren y Erder Varder, detenidos en el Puerto de Huelva con 13 kilos de heroína y supuestamente miembros de una red internacional de tráfico de drogas.

Garzón se equivocó en dos días a la hora de fijar la fecha para prorrogar la prisión preventiva de los dos narcos que llevaban dos años presos. La detención del grupo de traficantes se produjo en dos días diferentes (10 y 18 de julio), si bien en la "carpetilla" donde se archivaron las diligencias sólo se hizo constar la segunda fecha. La prisión provisional sin haberse celebrado un juicio, según la ley, no puede durar más de dos años, aunque es factible, previa vistilla, prorrogarla otros dos años más. Si pasados los dos primeros años, y dentro del plazo, no se ha prorrogado, el juez está obligado a dejar al reo en libertad hasta el juicio.

La Inspección entendía que, pese a que el error lo pudo cometer el funcionario que abrió la citada carpetilla, el magistrado debe realizar "un examen periódico de la causa y, sobre todo, de las piezas de situación personal para poder efectuar el control necesario de una medida tan restrictiva como es la de prisión".

No obstante, se pide tener en cuenta que el fiscal, "encargado, por imperativo legal, de velar por la aplicación del principio de legalidad", tampoco detectara el error, así como el hecho de que no haya existido perjuicio alguno al no haber tratado de evadirse ninguno de los imputados, que cumplen con sus comparecencias periódicas de control en la Audiencia Nacional.

A partir de ahora, el asunto será instruido por el presidente de la Sección Séptima de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, José Luis López Muñiz, quien además es el magistrado más antiguo de esta Sala. Deberá presentar en las próximas semanas una propuesta que puede ir desde el archivo del asunto, pasando por la amonestación, hasta la fijación de una multa para Garzón.

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