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El Gobierno prohíbe fumar en zonas forestales y hacer fuego a cielo abierto

El Decreto Ley de medidas urgentes en materia de incendios forestales aprobado hoy establece un paquete de ayudas para las víctimas y sus familias

La ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, anunció hoy la prohibición hasta el 1 de noviembre de "todo uso de fuego en zonas abiertas", como quema de rastrojo, fogatas en zonas recreativas o de descanso, y también cualquier actuación que genere chispas, como fumar o arrojar cualquier objeto en combustión.

Las prohibiciones se incluyen en el Decreto-Ley con medidas extraordinarias aprobado hoy por el Gobierno para evitar los incendios, cuyo contenido fue desvelado hoy por Narbona en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

La nueva normativa prohíbe hacer fuego en todo tipo de espacios abiertos, y en particular la quema de rastrojos, de pastos permanentes y de restos de poda, quedando suspendidas las autorizaciones que hubieran sido concedidas para este fin.

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Se prohíbe encender hogueras en las áreas de descanso de la red de carreteras y también en las zonas recreativas y de acampada, incluidas las zonas habilitadas para ello. tampoco se pueden quemar basuras ni otros residuos.

En zonas de riesgo de incendio forestal se prohíbe además la circulación de vehículos a motor por las pistas forestales en las que no existan servidumbres de paso.

Tampoco se podrá fumar, arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio.

Además, el Ministerio de Fomento incrementará de inmediato las actuaciones de limpieza de vegetación de cunetas, márgenes y medianas de carreteras y autovías de titularidad estatal previstas en el programa de actuaciones vigente.

Ayuda para las víctimas

El decreto ley de medidas urgentes en materia de incendios forestales aprobado hoy establece, en primer lugar, un paquete de ayudas para las víctimas y de sus familias, así como un conjunto de medidas paliativas y compensatorias dirigidas a la reparación de los daños producidos y a la recuperación de las zonas afectadas.

También se pone en marcha un sistema de coordinación entre los departamentos ministeriales, de un lado, y entre ésta y las comunidades autónomas, de otro. Así, se refuerza el "carácter único" del mando operativo, estatal o autonómico, según proceda, con independencia de cuál sea la titularidad de los medios incorporados a las labores de extinción de los incendios.

Las ayudas por persona fallecida o lesionada serán las máximas posibles, y también habrá apoyo a las pérdidas en el campo y la agricultura. por otra parte, se concede la exención del pago de la contribución (Ibi) de 2005 a los locales afectados, se permiten atrasos en el pago de la seguridad social a los autónomos y empresas y se ponen en marcha créditos blandos.

Finalmente, el decreto establece medidas especiales en las proximidades de autopistas y vías de tren.

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