Autónomos: manual de ayuda con las últimas novedades de cada comunidad
Tras el apagón laboral por la covid-19, las autonomías han instrumentado medidas para un colectivo con más de tres millones de trabajadores. ¿En qué consisten? ¿Están ya en marcha?
La situación en las organizaciones españolas de autónomos es la misma: los teléfonos no dejan de sonar y las bandejas de entrada de correo están llenas. Preguntas y más preguntas. Muchas dudas. “Hemos atendido 48.000 consultas en tres semanas, cuando nuestra media anual está en torno a 10.000-15.000”, indica a título de ejemplo José Luis Perea, secretario general de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA).
No es para menos. Muchos interrogantes están relacionados con las ayudas ofrecidas al colectivo por las comunidades autónomas, segundo dique de contención y auxilio para el autónomo tras el plan de contingencia nacional. Según Eduardo Abad, presidente de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), hay 1,3 millones de autónomos que están viviendo una situación tremendamente delicada y que no han sido capaces de reunir los requisitos estatales para acogerse a la prestación por cese de actividad, que requieren que se haya producido una disminución del 75% de la facturación.
José Luis Perea, secretario general de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), destaca que “la mayoría de las comunidades se han puesto las pilas y han demostrado tener sensibilidad. Unas van más lentas que otras y algunas no han dado todavía ningún paso, pero todas trabajan en la línea de ayudar”.
Según Eduardo Abad, “hay comunidades que establecen obligatoriamente una carga documental para percibir la ayuda que obliga necesariamente a tener destreza en el campo de la digitalización”. Esta circunstancia, si bien es favorable en los actuales momentos de emergencia sanitaria, tiene también sus inconvenientes. Toda la tramitación se lleva a cabo a través de Internet y buena parte de las ayudas están vigentes hasta agotar el presupuesto.
En beneficio de los contribuyentes, todas las comunidades han ampliado los plazos de presentación de impuestos como el de Sucesiones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, entre otros, y muchas –aunque no todas– han puesto en marcha medidas de apoyo directo al autónomo a fondo perdido. Estas son las actuaciones que las comunidades están poniendo en marcha:
Andalucía. Un total de 50 millones para los autónomos que no cobran otra ayuda ni prestación por cese de actividad y cuyos ingresos anuales no superen los 39.000 euros. La ayuda será de 300 euros por peticionario y el plazo de solicitud se alarga hasta agotar el presupuesto. Además, la Junta ha aprobado ayudas para el alquiler de hasta 900 euros para el autónomo que haya visto disminuidos sus ingresos un 40%. Podrán solicitarse a principios de junio.
Asturias. 400 euros para que los autónomos que hayan echado el cierre y no superen los 30.000 euros de rendimiento neto cubran gastos fijos como pago de alquileres, hipotecas, luz, agua, combustible o telefonía. Deberán permanecer de alta durante seis meses después de que concluya el estado de alarma. La fecha tope para pedir la ayuda es el 13 de mayo. Asimismo, el Principado ofrece ayudas al alquiler a autónomos que hayan cesado su actividad, hasta un máximo de 500 euros, y que cubrirán las mensualidades de abril a septiembre.
Canarias. Línea de 11 millones de euros para cubrir el 30% de la prestación extraordinaria por cese de actividad. Con este complemento al 70% que corre por cuenta del Estado, el autónomo canario cobrará el cien por cien de la prestación.
Cantabria. El llamado “cheque resistencia”, para autónomos que hayan suspendido actividades y no superen los dos millones de euros de facturación anual, se articula en tres cantidades fijas. Las microempresas con un solo trabajador optan a 150 euros a la semana; 225 euros si el negocio tiene entre 2 y 5 empleados, y 300 euros para los autónomos con entre 6 y 9 trabajadores. Vigente hasta el final del estado de alarma o hasta que se acabe la partida asignada, de 10 millones de euros.
Castilla-La Mancha. Propuesta en fase de proyecto. Inyectará 25 millones de euros para autónomos y pymes de menos de diez trabajadores para cubrir gastos prioritarios, con la condición de que reanuden la actividad tras el estado de alarma.
Castilla y León. “Tarifa plana” de 60 euros para las cuotas a la Seguridad Social de los autónomos durante un periodo de seis meses. A quienes hayan cesado su actividad, se les sufragará el 40% de la cuota durante los tres primeros meses y habrá ayudas de 427 euros mensuales durante seis meses a los autónomos que hayan cesado su actividad y no tengan derecho a ninguna prestación. También habrá subvenciones de hasta 10.000 euros a los trabajadores que se hayan quedado sin empleo y decidan emprender. Todavía no se pueden solicitar.
Cataluña. 2.000 euros como cuantía máxima para el autónomo cuyos ingresos se hayan recortado drásticamente y cuya base imponible de su última declaración de la renta sea inferior a 25.000 euros en caso de tributación individual. Solicitable hasta el 5 de mayo de 2020.
Comunidad de Madrid. Ha instrumentado varias ayudas en forma de un plan de rescate. La primera, a través del Programa Impulsa, con cinco millones de euros para autónomos en dificultades y sin empleados a su cargo, se agotó en 72 horas. Los trabajadores podían percibir hasta 3.200 euros, equivalente a 12 mensualidades de la base mínima de cotización a la Seguridad Social. Este plan se ha dotado con otros 12 millones más pero no se ha materializado aún. Otra medida de la CAM de apoyo directo al autónomo es el pago de las cuotas de marzo y abril, siempre que demuestren que su facturación ha caído un 30%. La iniciativa, dotada con 38 millones de euros, forma parte del llamado Plan Continúa. Cerca de 70.000 autónomos podrán cobrar 534,50 euros, equivalente a la cotización mínima de dos meses. El plazo para solicitar la ayuda se cierra el 17 de mayo.
Comunidad Valenciana. Apoya a sus autónomos con cantidades de entre 750 y 1.500 euros hasta el próximo 5 de mayo. La suma más alta, para quienes hayan interrumpido su actividad. La más baja, para los que hayan facturado un 75% menos. Quedan excluidos los autónomos con rendimientos netos superiores a 30.000 euros el año pasado.
Melilla. En fase de borrador. Diez millones de euros a repartir entre autónomos y pymes que hayan cesado su actividad o que demuestren un gran impacto en sus cuentas. La cuantía máxima será de 1.441 euros, a los que se sumarán otros 360 euros por trabajador empleado. Los autónomos que opten a la ayuda no deben haber facturado más de 60.000 euros en 2019.
Navarra. Todavía no pueden ser tramitadas. El Gobierno foral ha implementado dos tipos de ayuda. Los autónomos acogidos al cese de actividad y cuyos ingresos no superen los 2.151 euros podrán percibir una renta de 2.200 euros, siempre y cuando sigan en activo al menos un año. En segundo lugar, ha diseñado una renta de 700-800 euros para quienes no se hayan acogido al cese de actividad pero que hayan visto recortada su facturación al menos un 30% respecto al semestre anterior.
País Vasco. Se han presupuestado 3 millones de euros para ofrecer ayudas de hasta 3.000 euros a los autónomos en cese de actividad y cuyas actividades hayan quedado suspendidas. La subvención, hasta el 30 de septiembre, puede orientarse al pago de la cuota de la Seguridad Social o al alquiler del local. El autónomo debe continuar con la actividad al menos cuatro meses desde la finalización del estado de alarma.
Las medidas del Gobierno central
El escenario de ayudas, a nivel nacional, se compone de un paquete de medidas adoptadas tras la declaración del estado de alarma. Entre las más importantes destaca la prestación extraordinaria por cese de actividad para los autónomos obligados a suspender actividades y también para quienes, trabajando, hayan visto reducida su facturación un 75%. Esta prestación será equivalente al 70% de la base de cotización de los últimos seis meses.
Además, los autónomos contagiados por la covid-19 podrán cobrar la prestación por baja laboral, lo que implica percibir un 75% de la base de cotización del mes anterior desde el primer día de baja, al considerarse el contagio como accidente laboral y no como enfermedad común, supuesto en el que solo se cobra el 60% de la base y, además, desde el cuarto día de baja. Por último, los trabajadores por cuenta propia también pueden aplazar sus obligaciones de abril, mayo y junio con la Seguridad Social sin recargos ni intereses. Asimismo, las deudas de esos meses son aplazables, con un 0,5% de interés.
Por otra parte, el miércoles 22 de abril se aprobó en el BOE una moratoria de alquileres de locales de negocio, se flexibilizó el rescate de los planes de pensiones para los autónomos y se adoptaron algunas medidas fiscales en beneficio de los trabajadores por cuenta propia que tributan por el sistema de módulos.
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