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BBVA retira el recurso ante el Supremo contra las exigencias del Gobierno tras el fracaso de la opa sobre el Sabadell

El banco considera que la cuestión técnica a resolver, si el Consejo de Ministros puede endurecer los requisitos para mantener viva la posible fusión, ha perdido vigencia

El BBVA ha retirado el recurso que presentó ante el Tribunal Supremo contra las condiciones que el Gobierno impuso a la opa sobre el Banco Sabadell, una vez que la operación ha fracasado. El banco que preside Carlos Torres comunicó al alto tribunal el pasado miércoles, 26 de noviembre, que había decidido dejar sin efecto la impugnación del acuerdo del Consejo de Ministros en el que fijó añadió una condición a la operación, que le obligaba a mantener la independencia jurídica, patrimonial y en la gestión de ambas entidades durante tres años, ampliables por dos más.

Esta condición suponía que el BBVA no podría promover una fusión entre ambos bancos, tampoco acometer despidos por la transacción ni cerrar oficinas, entre otras cuestiones. La carpeta de la opa llegó a la mesa del Gobierno, que desde el principio se había opuesto a la transacción, después de que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) autorizase la transacción con la imposición de una serie de compromisos para velar, entre otras cuestiones, por el crédito a las pymes, el mantenimiento de las condiciones comerciales en determinados escenarios o evitar el cierre de oficinas en zonas vulnerables.

La CNMC había demorado su análisis de la transacción durante 11 meses, de modo que llevó su estudio a una segunda fase. El Gobierno interpretaba que, de acuerdo a la ley de Competencia, esto suponía que las condiciones que impusiese la institución que preside Cani Fernández podían ser ampliadas o reducidas por el Ejecutivo para blindar el interés general. Esto no gustó en el seno de BBVA, que siempre ha defendido que la función del Ejecutivo era mantener o suavizar esos requisitos. A mediados de julio decidió iniciar la vía judicial, presentando un recurso ante el alto tribunal.

“BBVA confirma que ha desistido del recurso presentado ante el Tribunal Supremo dado que el objeto principal del mismo era anular la condición del Consejo de Ministros, que ha perdido su vigencia al no haber prosperado la opa”, han señalado fuentes del banco de origen vasco. Tras 17 meses de pulso, BBVA solo logró un 25% de aceptación del capital del Sabadell, por lo que la operación de adquisición se dio por finalizada el pasado 16 de octubre.

Según fuentes jurídicas, BBVA ha indicado en su reciente escrito dirigido al alto tribunal que el principal motivo por el que retira su recurso es porque la opa ha quedado sin efecto y, por lo tanto, ya no es necesario resolver la cuestión técnico-jurídica a debatir, si el Consejo de Ministros tiene potestad para endurecer los requisitos para dar luz verde a una posible fusión de empresas. Aun así, la defensa del banco ha dejado claro su postura de que la actuación del Ejecutivo no es conforme a las normas.

Fuentes del Ministerio de Economía han insistido durante todo el proceso que el Consejo de Ministros actuó “en todo momento” en línea con la normativa nacional, como avalan los informes de la Abogacía del Estado y con respeto a la participación de todas las instituciones involucradas y sus competencias. De hecho, el ministro del ramo, Carlos Cuerpo, indicó en varias ocasiones que Moncloa se ha ceñido ”exclusivamente" y “de manera muy estricta” a lo que permite dicha ley. Según su interpretación, la normativa sí recoge la posibilidad de que el Ejecutivo imponga condiciones adicionales teniendo en cuenta el interés general, más allá de las aprobadas por Competencia.

Lo que sí se mantiene en vigor es la vía europea de este caso. La Comisión Europea avisó a España en contra de intervenir en la opa del BBVA. De hecho, inició un expediente, que está aún en curso, para analizar si la normativa española vulnera los tratados europeos. En concreto, las pesquisas de Bruselas se centran, de un lado, en la intervención gubernamental en la segunda fase de la autorización de la CNMC. Y, por el otro lado, en la ley de fusiones bancarias, que permite al Consejo de Ministros prohibir una transacción de este tipo.

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