Inermes ante los colosos económicos
El Congreso retira la tramitación del proyecto de ley que trataba de adaptar a la legislación española la regulación sobre demandas colectivas
Las películas Acción civil, Erin Brockovich o En tierra de hombres, basadas en hechos reales, muestran el valor de las demandas colectivas ante graves injusticias, de imposible defensa individual para personas sin información y recursos. Tratan historias heroicas de abogados y activistas en defensa de la salud, el medio ambiente o el derecho de las mujeres. Las demandas colectivas son un instrumento fundamental en la era de las grandes corporaciones. Permiten unificar las reclamaciones de los afectados y ahorrar mucho dinero al Estado.
Esta defensa es imposible en España. Los ciudadanos están desarmados ante las posibles ilegalidades de las corporaciones por carecer de la regulación adecuada. Somos uno de los cuatro países de la Unión Europea que acumula más de dos años de retraso en la transposición de la Directiva de acciones de representación colectiva de 2020. La tramitación del proyecto de ley que trataba de adaptar la legislación española a la europea ha sido sido retirado de su tramitación por el Congreso. Hay que volver a empezar de cero.
Este vacío legal fue uno de los temas analizados en el VI Congreso de Asufin celebrado el pasado día 28 en Madrid. La presidenta de la asociación, Patricia Suárez, explicitó su apoyo total a “las acciones colectivas a la americana” y expresó su “decepción” por volver a “estar en el limbo”, en esta materia.
Asufin ha puesto en marcha una veintena de acciones colectivas con la inoperante legislación actual pero solo ha logrado finalizar cuatro y soporta retrasos de hasta ocho años en las demás.
Los costes para el Estado de carecer de este instrumento son enormes. En los últimos ocho años se han presentado unas 900.000 demandas individuales contra abusos bancarios, que en la mayoría de casos se podrían haber resuelto mediante acciones colectivas. El coste para las arcas públicas es de unos 3.000 euros para cada demanda individual.
El abogado y exmagistrado Blas A. González, experto en antitrust (prácticas contra la competencia) y en la defensa de perjudicados frente a las grandes empresas, valoró el sistema estadounidense: “En Estados Unidos las acciones de clase (demandas colectivas) son un clásico. Además de las indemnizaciones por los daños causados, hay una punición para las empresas que los causan. Esto aumenta muchísimo el coste, lo que favorece a que se llegue a un acuerdo”. Precisó que dado “el nivel tan bajo existente en España, el solo hecho de que existieran las acciones colectivas ya sería una magnífica noticia”.
La falta de demandas colectivas es una de las causas del colapso judicial. Adrián Gómez, letrado de la Administración de Justicia en el Juzgado 104 bis de Madrid, especializado en asuntos financieros, se mostró “muy crítico” con la situación actual: “No creo que sea admisible que cuando ya hay una doctrina consolidada sobre la abusividad de una cláusula, el consumidor tenga que acudir a los tribunales”.
Recordó que en Francia o Alemania, cuando una entidad recibe una condena por una cláusula abusiva, sufre además “una sanción de la administración, para potenciar la disuasión”. Europa sigue siendo nuestra asignatura pendiente.
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