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El Gobierno rediseña el control de los fondos de pensiones de promoción pública para intentar que llegue dinero

El Consejo de Ministros aprueba cambios en el reglamento que regula las retribuciones de los representantes sindicales y empresariales que controlan el ‘macrofondo de Escrivá'

elma saiz
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz (d), y el secretario de Estado de la Seguridad Social, Borja Suárez.Javier Lizon (EFE)

Desde que comenzó 2024, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones tenía ya lista toda la infraestructura legal para que arrancaran los fondos de pensiones de empleo de promoción pública (también conocidos como el macrofondo de Escrivá (por el anterior ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, que los creó en la pasada legislatura). Sin embargo, a fecha de hoy, casi un año después, sigue sin haber un solo euro en ellos. Ante esta situación, la Seguridad Social ha decidido modificar el diseño de la Comisión de Control Especial de estos fondos para intentar “dinamizar” su actividad y que empiece a llegar el dinero a estos nuevos vehículos de inversión, según fuentes ministeriales.

Los fondos de pensiones de empleo de promoción pública es un sistema de ahorro promovido por la Administración que busca que las empresas ofrezcan planes de pensiones a sus empleados. Hasta ahora solo los tenían algunas grandes compañías y funcionarios de algunos organismos públicos, pero desde su aprobación hace casi un año se busca que este sistema de ahorro para la jubilación sea más accesible a los trabajadores de las pymes y autónomos.

Para ello, el Consejo de Ministros tiene previsto aprobar este martes un Real Decreto en el que se retocan tres aspectos fundamentales de la regulación de la Comisión de control —que está formada por 13 profesionales (cinco elegidos por el Ministerio de Inclusión, cuatro a propuesta de las organizaciones sindicales y otros cuatro en representación a las organizaciones patronales)— con los que los interlocutores sociales no estaban cómodos. Esta circunstancia era uno de los motivos que podría estar detrás de la parálisis en la que están sumidos los fondos de promoción pública y que ahora la Seguridad Social ha decidido modificar.

El primero de estos cambios tiene que ver con la remuneración de los profesionales que forman la citada comisión de control. Así, el Real Decreto que se aprueba este martes da una nueva redacción de la orden ministerial publicada en el BOE del 2 de noviembre de 2023 que ya regulaba las retribuciones de los miembros de la Comisión Especial. Los cambios, tal y como se recogen en el texto del Real Decreto que ya se sometió a audiencia pública, están orientados a dejar más claro que sus integrantes “sólo tendrán derecho a la remuneración vinculada a la asistencia a las reuniones periódicas (...) y otras remuneraciones adicionales, a partir del momento en que el patrimonio conjunto de dichos fondos alcance el importe de 1.000 millones de euros y mientras se mantenga dicho importe, lo que será asimismo aplicable respecto a su repercusión a los fondos de pensiones”. De esta forma, se aclara que los primeros planes de pensiones de empleo que lleguen a estos fondos no tendrán que costear las retribuciones de los miembros de la comisión de Control.

La segunda modificación elimina ciertas incompatibilidades que se establecían a los integrantes de este organismo y que eran especialmente rechazados por los representantes de las organizaciones empresariales. Así, la nueva norma elimina la referencia a la aplicación del régimen de incompatibilidades y conflictos de interés de los altos cargos de la Administración General del Estado. De esta forma, se permite formar parte de esta comisión a los consejeros independientes de Consejos de Administración u órganos rectores de empresas o entidades privadas; a los profesionales docentes o investigadores, así como a aquellos miembros de corporaciones profesionales y asociaciones empresariales no vinculadas al sector financiero, además de los miembros de organizaciones sindicales y empresariales.

Que cobre la organización

Finalmente, la norma hará una precisión que permita que las retribuciones a los miembros de la comisión no sean nominales, sino que las reciba directamente la organización a la que representan, algo que no establecía la actual redacción de esta regulación. En concreto, el texto indica que “en el caso de que se trate de un miembro propuesto por una organización sindical o empresarial más representativa, esta podrá percibir directamente las remuneraciones a las que se refiere el párrafo anterior, en vez de percibirlas el propio miembro”.

Con estos cambios, desde la Seguridad Social se muestran convencidos de que arrancará plenamente la actividad de esta segunda pata de la reforma del segundo pilar de la protección social incluida en los hitos exigidos por Bruselas dentro del plan de Recuperación y Resiliencia. Si bien, fuentes de este organismo admiten que “lo natural” es que, aunque estos fondos de pensiones de empleo de promoción pública están abiertos a autónomos, pymes y sector público, sea desde este último ámbito (las Administraciones y empresas públicas) desde donde lleguen las primeras inversiones.

Respecto a la primera pata de esta reforma, la creación de otro nuevo vehículo inversor en materia de pensiones, los denominados planes simplificados, en el Gobierno están relativamente satisfechos con su funcionamiento, a pesar de que, de momento, solo hay un sector, el de la construcción, que se ha sumado a ellos con un gran plan sectorial de empleo para alrededor de un millón de trabajadores de estas actividades. Además, existen una veintena de planes en las que participan asociaciones de autónomos y pymes fundamentalmente, que han movilizado alrededor de 200 millones de euros. No obstante, estas cuantías quedan aún muy lejos de los 2.500 millones que Escrivá confió en que alcanzara su macrofondo de promoción pública en tres años.




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