Aumenta la espera para los juicios laborales: siete meses para un despido y 18 para un accidente de trabajo
Los tribunales de lo Social tenían 426.000 casos pendientes al cierre de 2023, un 16% más que un año antes
Los conflictos en materia laboral no terminan el día que un trabajador es despedido, no recibe su salario o tiene un accidente de trabajo, sino todo lo contrario. Esos sucesos suelen ser, en el mejor de los casos, el primer día de un largo periodo en los tribunales si el empleado decide reivindicar sus derechos ante la jurisdicción de lo Social, que es la encargada de estos temas. Este tipo de conflictos judiciales tiene unos tiempos de espera solo para la celebración del primer juicio, sin contar su resolución ni posibles recursos, de alrededor de siete meses en los casos urgentes y casi un año de media en el resto.
Así, la última estadística disponible de un año completo, que es la que elabora anualmente el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y corresponde a 2023, refleja un claro retraso en los procesos de los conflictos sociolaborales que llegan a los juzgados. Esto se observa fundamentalmente en los tiempos que tardan en señalizarse los juicios en materia laboral y que muestran que, tras un 2022 en el que mejoraron los tiempos de espera para estos procedimientos tras los colapsos generados por la pandemia en 2020 y 2021, el pasado año la situación volvió a empeorar en los juzgados de lo Social.
En concreto, el periodo medio para que se celebren los primeros juicios en el conjunto de los asuntos sociales judiciales sumando tanto los procedimientos urgentes como los ordinarios, fue 11,1 meses en 2023 frente a los 10,5 meses de 2022 y el máximo alcanzado un año antes, con una espera de 11,2 meses.
No obstante, hay muchas diferencias según el tipo de asunto laboral que llegue a los tribunales. Los casos más rápidos en señalizarse son los de los despidos y aquellos relacionados con los derechos fundamentales, ya que son procedimientos urgentes por definición. Estos tuvieron el pasado año un tiempo medio de espera para el señalamiento de los juicios de 7,2 meses en comparación con los 6,5 meses del año previo y el máximo de 7,6 meses que se registró en este caso en 2014, como efecto de los procesos acumulados en 2013, peor año para estos procesos tras la crisis financiera de 2008.
Por el contrario, los procedimientos que tardan más en activarse en los tribunales son, con diferencia, los relacionados con accidentes laborales, cuya espera se alarga de media a más de año y medio (18,2 meses). “Estos casos son especialmente complejos, ya que, además de la empresa y el trabajador, están implicados otros actores como las mutuas, la aseguradora, los peritos o el ministerio Fiscal, entre otros”, explica Fabián Valero, del bufete de abogados Zeres.
Este laboralista opina, al igual que otras fuentes del sector consultadas, que una de las principales causas del incremento de los plazos para señalizar estos juicios se encuentra en el aumento de la litigiosidad. En concreto, Valero destaca que están aumentando especialmente los casos relacionados con la Seguridad Social (cotizaciones impagadas, reconocimiento de incapacidades, etcétera.), la reclamación de los complementos de maternidad para las pensiones, los asuntos de conciliación o las demandas en el empleo público. Además, argumenta que los procesos de lo social “son cada vez más complicados” porque afectan a menudo a cuestiones de derechos fundamentales, como es el caso de los conflictos de conciliación; o se requiere la actuación de expertos en la evaluación de despidos económicos, por ejemplo.
Las cifras estadísticas del CGPJ respaldan la tesis de que una de las causas de los retrasos en los juzgados de lo social es el aumento de la judicialización de las relaciones laborales. Así, el pasado año ingresaron 463.294 nuevos asuntos en la jurisdicción Social, lo que supuso un incremento del 5,4% respecto a 2022. Sin embargo, se resolvieron 340.837 un 8,7% menos que el año anterior (una posterior actualización eleva esta cifra a 397.692 casos resueltos). En cualquier caso, el número de asuntos en trámite pendientes de resolución se situó en 426.075, un 16,1 % más, lo que incrementa el atasco en los juzgados.
Plantilla escasa
No obstante, hay otros motivos detrás de este aumento de los tiempos de espera. El coordinador de los servicios jurídicos de UGT, Félix Pinilla, no atribuye los atascos en los juzgados tanto al aumento de la litigiosidad como a la falta de plantilla suficiente. Este sindicalista se queja de que los plazos tan dilatados para resolver los conflictos laborales en los tribunales contravienen gravemente todo tipo de normas internacionales que exigen una tutela judicial efectiva y eso exige resoluciones en un tiempo razonable, “algo que en España no se cumple en ningún caso”, apunta Pinilla.
Así lo puso de manifiesto un extenso trabajo de campo sobre los tiempos de respuesta de los juzgados de lo Social de las comunidades autónomas elaborado por los servicios jurídicos de UGT y que mostraba un panorama que no ha hecho más que empeorar, según las últimas cifras mencionadas del CGPJ. Este estudio mostró que ya en 2022 “buena parte de los juzgados estaban señalando los juicios para 2023 y 2024 y una parte significativa en 2025; existiendo casos límite, que están señalando en 2026″, alertaba este trabajo sindical. Es más, las asesorías jurídicas de esta central advertían que incluso las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia y de la Audiencia Nacional están dando mejores respuestas en tiempo, aunque tampoco suelen respetar los plazos establecidos legalmente. Y si el caso llega al Tribunal Supremo, este tarda en resolver los recursos de casación unos 24 meses. Según todos estos plazos, se puede calcular que no será hasta aproximadamente 2028 cuando lleguen al Alto Tribunal las unificaciones de doctrina de las materias reguladas en la última reforma laboral de finales de 2022.
“Luego hay que tener suerte —asegura un abogado laboralista que prefiere no identificarse— y que no te toque alguno de los casos extremos que se dan en no pocos juzgados”. Uno de ellos, el número 2 de lo Social de Sevilla, donde según la estadística del CGPJ los casos urgentes tardan en resolverse 36 meses y los no urgentes, 54 meses; o el número 3 de La Coruña, donde los procedimientos ordinarios se resuelven en una media de 36-40 meses.
Al aumento de la litigiosidad y a la escasez de plantilla, la presidenta de la Asociación Nacional de Laboralistas (Asnala), Ana Gómez, suma la falta de recursos materiales de los profesionales de la judicatura. “Por ejemplo, en muchos juzgados no se dispone de pantallas digitales de visualización, por lo que nos exigen las pruebas en papel y revisarlas convierte un juicio de 15 minutos en uno de cuatro horas, lo que lleva a muchos jueces a suspenderlo o a pedir directamente las conclusiones por escrito, lo que supone un retraso en ambos casos.
Además, Gómez destaca el elevado coste para las arcas públicas en forma de pago de salarios de tramitación que las empresas reclaman al Estado, algo que se produce en aquellos despidos improcedentes en los que la empresa readmite al trabajador y han transcurrido más de noventa días hábiles desde la interposición de la demanda hasta el dictado de la sentencia, la empresa puede solicitar la parte de los salarios de tramitación que excedan de ese periodo de tiempo y las correspondientes cotizaciones. Así, estos salarios de tramitación reclamados a la Administración estatal ascendieron a más de seis millones de euros el pasado año, casi cuatro de ellos se generaron en Cataluña y otro millón en Andalucía, dos de los territorios con tasas de litigiosidad más elevadas y mayores tiempos de espera para la resolución de los procedimientos.
Ante este panorama, que se repite en otras jurisdicciones, el 20 de marzo del año pasado entró en vigor el Real Decreto-Ley 6/2023 cuyo contenido tiene como objetivo mejorar la eficiencia de los procedimientos judiciales para aliviar la saturación de los tribunales españoles. Ese texto recoge, entre otras medidas, la implantación del pleito testigo (en los procedimientos de lo social y lo civil), que permite la resolución de casos múltiples con un mismo objeto, evitando duplicidades en los juicios. La norma amplió también el límite de reclamaciones laborales de 6.000 a 15.000 euros a través de juicio monitorio, lo que reduce la burocracia en los juzgados. Si bien, Gómez llamaba la atención recientemente durante una jornada formativa organizada por Asnala y el Colegio de Abogados de Zaragoza, sobre la importancia de que “no solo se comprendan las novedades introducidas por las normativas, como el Real Decreto 6/2023, sino también de ponerlas en práctica de manera efectiva para mejorar la calidad de la justicia Social”.
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