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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

El Supremo y los derechos económicos

Miles de particulares afectados por cláusulas suelo en las hipotecas esperan que el alto tribunal español admita la fórmula de la demanda colectiva para reclamar a los bancos, tal y como avala el Tribunal de Justicia de la UE

Andreu Missé
Fachada del Tribunal Supremo, en Madrid.
Fachada del Tribunal Supremo, en Madrid.GETTY IMAGES

El ejercicio de los derechos económicos y sociales tropieza con enormes obstáculos en España. Estos derechos, como el de la vivienda o la protección del ahorro, constituyen una parte importante del Estado de bienestar. No estamos en un Estado de bienestar si los ciudadanos pueden ver saqueados sus ahorros por prácticas abusivas o si las familias pueden perder su vivienda o pagar por ella préstamos desorbitados.

Ante el creciente desequilibrio de poder entre los conglomerados económicos y financieros y los ciudadanos, en los países democráticos se han adoptado instrumentos para una mejor protección de los consumidores. En 2020 la Unión Europea aprobó la Directiva de acciones de representación ante la evidencia de que “la globalización y la digitalización han aumentado el riesgo de que gran número de consumidores se vean perjudicados por una misma práctica ilícita”. La Directiva tenía que haber sido transpuesta en España el 25 de diciembre de 2022. Sigue su tramitación en el Congreso.

Mientras, los ciudadanos deben defenderse con acciones individuales (868.989 desde 2017 a 2023, según el Consejo General del Poder Judicial). Las acciones colectivas que se han emprendido han tenido su calvario particular. La Sala Primera del Tribunal Supremo siempre encuentra razones para aplazar las soluciones a estas demandas.

Un claro ejemplo es el de las cláusulas suelo en las hipotecas, que ha afectado a más de dos millones de familias. Un tema con un gran trasfondo económico que ha supuesto un enorme sobrecoste para los hipotecados y beneficios para los bancos. Según el Banco de España, hasta 2015 este sobrecoste ascendió a 7.600 millones de euros. Según Analistas Financieros Internacionales, la cuantía durante el mismo periodo se elevó a 9.743 millones de euros y hasta 15.945 millones de euros si se considera hasta 2019.

Ante las enormes dimensiones del conflicto que implicaba prácticamente a todas las entidades, en 2010 Adicae presentó una demanda colectiva contra 101 bancos y cajas para reclamar la devolución de los intereses de las hipotecas cobrados indebidamente. El presidente de la asociación, Manuel Pardos, justificó la necesidad de la demanda colectiva para resolver un asunto que afectaba por igual a millones de personas y evitar el colapso de los tribunales. La demanda fue estimada en buena parte por los jueces en 2015 y 2018. Pero los bancos recurrieron al Supremo, que después de profundas reflexiones, tuvo dudas y en 2022 preguntó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La respuesta del TJUE llegó el pasado 4 de julio. El Tribunal de Justicia dictaminó que el derecho europeo permite el control de transparencia en el marco de una acción colectiva. Se da la circunstancia de que el TJUE ya se había pronunciado antes cinco veces sobre las cláusulas suelo (2016, 2020, dos veces en 2021 y en 2022) a favor de los consumidores, con correcciones clamorosas a la Sala Primera. Ahora, 14 años después, estamos pendientes de nuevo de la interpretación del Supremo. Los derechos económicos y sociales tienen rivales poderosos. Qué pena que el tribunal europeo no mande más en España.

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