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Los españoles rechazan más herencias que nunca por las elevadas deudas y los costes burocráticos

El año 2023 cierra con más de 56.000 renuncias, casi el 16% del total de transmisiones

Herencias
Visitas del cementerio de San Fernando, en Sevilla.PACO PUENTES
Pablo Sempere

Los españoles renunciaron durante el pasado año a más herencias que nunca, afianzando la tendencia registrada en los últimos ejercicios y anotando así un nuevo récord en la serie histórica que actualiza desde hace más de un decenio el Consejo General del Notariado (CGN). En total, en el país se anotaron unas 354.250 adjudicaciones por título sucesorio, una leve caída del 0,7% respecto a 2022. Por su parte, algo más de 56.100 personas rechazaron la transmisión a la que tenían derecho, un avance anual del 1,1% que lleva la proporción total de renuncias a casi el 16%.

Las cifras, según explica María Teresa Barea, portavoz del Consejo, muestran el número de sucesores que rechazan una transmisión. Es decir, dado que una herencia suele recaer sobre más de una persona, las más de 56.000 renuncias no se traducen en la misma cifra de transmisiones rechazadas, sino en el número de personas que optan por descartar formar parte del proceso. Aun así, prosigue, la proporción de renunciantes que se registra año tras año sí sirve para analizar la tendencia y explicar las causas que hay detrás del fenómeno, las cuales suelen apuntar principalmente a la existencia de deudas.

Tradicionalmente, señalan los notarios, los españoles suelen rechazar sus herencias por las elevadas cantidades de deuda que esconden. Al formalizar la adjudicación, “el heredero se encuentra con que el difunto ha dejado más pasivo que activo y decide no asumirla”. Es un fenómeno histórico que se vuelve mucho más común en momentos de crisis o dificultades económicas. Por eso, a los convulsos meses de la crisis vinculada a la pandemia de la covid-19 se le suman en esta ocasión las turbulencias ocasionadas por la escalada de la inflación, por lo que es de prever que la tendencia se haya visto magnificada en 2023.

Las deudas son el gran motivo del rechazo en España, pero no el único. Tal y como apunta Barea hay otras causas menores como las fiscales o, simplemente, las meramente personales, las cuales salen a la luz en aquellas situaciones en las que los herederos reconocen no tener una relación lo suficientemente sólida o estrecha con el fallecido y no ven del todo justo aceptar la sucesión. Es algo que suele pasar con familiares lejanos y con poco grado de parentesco.

Los números generales, apuntan los notarios, muestran una ligera normalización del proceso sucesorio tras el inusual pico de 2021. En aquel año, fruto de la alta mortalidad derivada de la pandemia y del parón burocrático del ejercicio previo, se registraron 365.897 adjudicaciones por título sucesorio, una cifra nunca vista que representó una subida anual del 22,5%. Desde entonces, las herencias tramitadas han ido decayendo poco a poco, aunque todavía se mantienen en cotas elevadas. “Esta tendencia de desaceleración se confirma y se acentúa en 2023, pero todavía seguimos en la desescalada”. Además, añade, como es muy habitual que estos procedimientos se alarguen durante varios ejercicios tras el deceso del causante, “es probable que todavía tengamos muchos más años en los que se sigan viendo las consecuencias de la pandemia”.

Por autonomías

Las cifras proporcionadas por los notarios, que permiten echar un vistazo sobre el panorama autonómico, parecen confirmar la teoría de que la fiscalidad no es el factor que determina si una herencia se rechaza o se acepta. Es algo que también corrobora Rubén Gimeno, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF): la mayor parte de las comunidades tienen una bonificación en cuota para los descendientes de primer grado muy generosa, del 99%.

Es decir, todas las comunidades suelen bonificar casi en su totalidad las sucesiones de descendientes directos cuyas cuantías se sitúan por debajo del umbral aproximado de los 800.000 euros. El común de las sucesiones entre padres e hijos, afirma Barea, se sitúa muy por debajo de esta cantidad, por lo que quedan prácticamente exentas. A partir de aquí, algunas como Madrid, Baleares, Andalucía o Comunidad Valenciana elevan los descuentos a otros grupos de parentesco y cantidades, mientras que otras, como Asturias o Cataluña, penalizan fiscalmente las sucesiones que son más jugosas.

Pese a estas diferencias en los grados de parentesco más alejados, la proporción autonómica de renuncias parece no obedecer a ningún patrón fijo. Para muestra, Andalucía y Cataluña, las comunidades con mayor número de rechazos de todo el país. Los dos territorios tienen políticas fiscales muy diferentes en el impuesto de sucesiones y donaciones, y mientras que la primera registra una proporción de renuncias del 20,7%, bastante por encima de la media, la segunda anota una del 16,4%, en línea con las cifras de España. Cataluña, además, tiene una proporción casi idéntica a la de Madrid pese a las diferencias en su política tributaria.

La mayor proporción de rechazos, con un 23%, se da en Asturias, la autonomía que peor trato fiscal da a las herencias que superan los 800.000 euros. Sin embargo, Murcia, en la que el impacto fiscal es menor, registra un volumen de renuncias muy cercano, del 21%.

Cabe recordar, no obstante, que el de sucesiones no es el único impuesto que afecta a una herencia. También entrarían en juego las plusvalías municipales de los bienes inmuebles, por ejemplo. En estas situaciones, explica Barea, las renuncias suelen darse en los casos de “herencias con poco líquido”, en las que, por ejemplo, se recibe una vivienda o unas tierras en propiedad, pero no dinero. Esta tesitura, muy habitual según la portavoz, lleva a que muchos herederos que en ese momento no tienen liquidez se vean obligados a rechazar la sucesión por no poder costear los trámites que esta lleva asociados, que además deben solucionarse en un plazo de seis meses.

Alternativa

Ante el incremento de las declinaciones, los notarios aconsejan a los beneficiarios considerar la opción de la “aceptación de herencia a beneficio de inventario”. Esta alternativa, poco conocida por el momento, ofrece la posibilidad de proteger los activos personales frente a las deudas potenciales, señala Barea. Sin embargo, su incidencia sigue siendo residual: en 2023, solo 1.344 personas se acogieron a ella, en línea con las cifras registradas en los últimos años.

Dicha estrategia resulta especialmente valiosa en situaciones de “herencias grises”, es decir, cuando hay dudas sobre los activos y pasivos heredados. De esta manera, cualquier deuda o responsabilidad se limita a los bienes incluidos en la herencia, evitando comprometer el patrimonio personal anterior. “En las herencias todo suele ser blanco o negro”, pero hay casos “llenos de grises” en los que se puede recurrir a esta figura para no arriesgar el patrimonio inicial y así salvaguardar los bienes propios sin exponerlos a riesgos.

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Sobre la firma

Pablo Sempere
Es redactor en la sección de Economía de CINCO DÍAS y EL PAÍS y está especializado en Hacienda. Escribe habitualmente de fiscalidad, finanzas públicas y financiación autonómica. Es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.
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