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Los tres ex máximos directivos de ONO se enfrentan a un embargo de 18 millones por el fraude del IVA

La Audiencia Provincial de Madrid estima parcialmente el recurso de Vodafone contra Castellano, Portela y Sagasta y les condena a pagar parte de la multa de Hacienda

Ramón Muñoz
José María Castellano, expresidente de ONO, en una imagen sin datar.
José María Castellano, expresidente de ONO, en una imagen sin datar.ANXO IGLESIAS

La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado parcialmente el recurso de Vodafone contra los tres antiguos máximos directivos de ONO —el expresidente José María Castellano, la exconsejera delegada Rosalía Portela y el exdirector financiero Carlos Sagasta—, obligando a los mismos a afrontar parte del pago de una sanción de Hacienda por no haber declarado el impuesto del valor añadido (IVA). Aunque la sentencia, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, no fija una cantidad precisa, Vodafone ha solicitado el embargo de bienes por valor de 18 millones de euros.

Los hechos se remontan a marzo de 2014, cuando la operadora británica adquirió ONO por 7.200 millones de euros, pero la Agencia Tributaria destapó un fraude por las cuotas no ingresadas por la compañía de cable en la liquidación del IVA entre los años 2011 y 2014, por el negocio de reventa de tráfico para llamadas internacionales. La inspección derivó en una sanción de 72,4 millones de euros (más 256.000 euros de sobrecostes) que tuvo que afrontar Vodafone.

A consecuencia de ello, la operadora inició en 2015 un procedimiento judicial contra los tres directivos por el que ejercitaba una acción social de responsabilidad al entender que habían incumplido sus deberes de diligencia y lealtad por no haber investigado y evitado la participación “en un fraude carrusel de IVA en relación con el crecimiento desmesurado y sin control del área de reventa de voz internacional de la compañía”. No obstante, en marzo de 2018, el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid desestimó íntegramente la demanda y la compañía recurrió la sentencia.

La Audiencia Provincial de Madrid ha corregido en parte el criterio adoptado por el juzgado, condenando a los exdirectivos, de manera solidaria, a abonar las cuotas de IVA indebidamente deducidas, pero solo entre el 4 de febrero y el 31 de agosto de 2014, período durante el cual considera acreditado el incumplimiento de su deber de diligencia, que pudo facilitar la generación del fraude de IVA y del consiguiente perjuicio económico. La reclamación de Vodafone que abarca un período mayor, desde 2011 a agosto de 2014, sigue en discusión ante el Tribunal Supremo.

La Sala de la Audiencia Provincial, en una sentencia del 23 de abril de 2021 que se ha conocido ahora, indica que los ex directivos de ONO eran conscientes del crecimiento desmedido del área de reventa de voz internacional, área sobre la que tenían capacidad de intervención y, sin embargo, no implantaron medidas para revertir la situación.

La sentencia de la Audiencia Provincial ha sido recurrida por todas las partes ante el Tribunal Supremo. Vodafone considera que el incumplimiento de los exdirectivos de su deber de diligencia se extiende en el tiempo más allá del período que considera la Audiencia Provincial y entiende, así, que la indemnización debe ser de 72 millones de euros. Por su parte, los exdirectivos de Ono sostienen que no hubo falta de diligencia, y piden la absolución.

En este contexto, y sin perjuicio de los recursos mencionados ante el Tribunal Supremo, Vodafone presentó el pasado 13 de abril de 2022 una demanda de ejecución provisional de la sentencia de la Audiencia Provincial, por la que pide que se despache la ejecución frente a los exdirectivos, que se localicen de cuantos bienes sean propietarios y que se ordene su inmediato embargo, con el fin de hacer frente a la condena (solidaria) que Vodafone cifra, en vista del fallo de la sentencia de la Audiencia, en unos 18 millones, informaron fuentes del proceso.

Paralelamente, Vodafone mantiene otros pleitos por los bonus de 60 millones de euros pactados por los tres máximos directivos por la venta de ONO, y cuya devolución reclama la operadora británica por estimar que actuaron negligentemente, causando un perjuicio económico al comprador. El Tribunal Supremo dio en 2021 la razón a Castellano y a Sagasta, que han recibido 19,2 y 12,5 millones de euros netos, respectivamente.

Sobre la firma

Ramón Muñoz
Es periodista de la sección de Economía, especializado en Telecomunicaciones y Transporte. Ha desarrollado su carrera en varios medios como Europa Press, El Mundo y ahora EL PAÍS. Es también autor del libro 'España, destino Tercer Mundo'.

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