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Varapalo fiscal al Real Madrid por el IVA de los agentes de los futbolistas

Cinco sentencias de la Audiencia Nacional confirman las actas de Hacienda contra el club blanco por 3,2 millones de euros

J. S. GONZÁLEZ
Estado de las reformas del estadio Santiago Bernabeu, en Madrid.
Estado de las reformas del estadio Santiago Bernabeu, en Madrid.SUSANA VERA (Reuters)

El Real Madrid terminó la temporada con el pie torcido. Además de perder la Liga en el tramo final del campeonato, recibió un varapalo tributario que amenaza con cambiar la relación que mantiene con los intermediarios de los futbolistas. La Audiencia Nacional dictó cinco sentencias de forma consecutiva entre el pasado 26 de mayo y el 2 de junio que confirman que el Real Madrid se dedujo irregularmente el IVA que “satisface a determinados agentes o representantes de los jugadores, en base a su intervención profesional en distintos momentos bien para la contracción o bien para la negociación de diversos aspectos de los contratos de sus representantes”. Por ese motivo, Hacienda le reclama un total de 3.266.037 euros.

La entidad blanca presentó una “extensa argumentación contra la demanda”, según explica una de las sentencias de la Audiencia, la que reclama una cantidad más elevada: 1,97 millones por las liquidaciones del IVA de los ejercicios comprendidos entre 2011 y 2014, según adelantó La Información. En este alegato, el club trata de justificar que las contrataciones de los intermediarios no se hacen por su carácter de representantes de los jugadores, sino para que medien en las operaciones que son de interés del club. Pero los magistrados no admiten esta cuestión: “Es imposible que el Real Madrid abone comisiones a intermediarios para que actúen en interés del club cuando se trata de los mismos agentes de los jugadores que han negociado los traspasos, los fichajes, las renovaciones, etc.”. Y añaden: “Los contratos de mediación con el intermediario están ligados, desde la coincidencia en fechas con el inicio de la contratación laboral de cada jugador, a la vida deportiva de este con el club. El contrato del intermediario es diferente y coincide con el que firma, como testigo, el contrato laboral del jugador con el club como agente del jugador”.

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La fiscalidad de los deportistas y, en concreto, de los futbolistas, ha suscitado numerosas actuaciones de la Agencia Tributaria. Muchos deportistas y equipos de fútbol han tratado de buscar grietas legales para rebajar el coste de los fichajes o el pago de las abultadas nóminas que perciben. Hace siete años, la Agencia Tributaria lanzó una ofensiva contra los abusos fiscales del fútbol. El fisco endureció su postura sobre dos cuestiones claves: Por un lado, estrechó el cerco sobre las sociedades que gestionan los derechos de imagen de los deportistas, restringiendo su uso como sociedades instrumentales (no pueden usarlas para pagar impuesto de sociedades, en lugar de IRPF). Por otro, el fisco vigiló más los pagos de las comisiones que algunos clubes hacen a los agentes de los jugadores cuando acuerdan un traspaso o una renovación. Precisamente este es uno de los casos que la Audiencia Nacional revisa ahora.

“No es concebible que el club contrate como intermediario al agente del jugador”

Por eso, los magistrados recalcan en la sentencia: “No parece que la elección de cada intermediario, en los contratos examinados por la administración tributaria, la haga el club, sino, más bien, le viene propuesta por cada jugador. No es concebible, por todo ello, que el club contrate como intermediario al agente del jugador al margen del contrato laboral que une al futbolista con la entidad”.

Los jueces recogen en la sentencia el relato que hace el Abogado del Estado para describir el beneficio que esta operación le reportaba al club y a los deportistas: “El club se beneficia porque absorbe el IVA, que se deduce, y reduce así el coste conjunto de la operación de fichaje, traspaso o renovación. Los jugadores, por su parte, tendrían que haber cargado con el IVA soportado, sin posibilidad de deducírselo, ya que tienen la consideración de consumidores finales”. Por último, si el club hubiese incluido el importe de las comisiones en la retribución de los jugadores, al obtener una mayor remuneración, estos tendrían que haber pagado más a Hacienda por IRPF.

El reglamento de los agentes de jugadores de la FIFA

El club presidido por Florentino Pérez recibió varias actas de Hacienda sobre las liquidaciones de IVA de los años 2011 a 2016 por deducirse el impuesto de las facturas pagadas a los intermediarios. La Inspección consideró que, aunque la transacción se produzca entre el club y el agente, en realidad el agente está prestando un servicio al jugador y el club paga ese servicio al agente por cuenta del jugador. La entidad blanca presentó recursos contenciosos administrativos contra los cinco expedientes del fisco. Y el Tribunal Económico Administrativo Común (TEAC) confirmó los expedientes de la inspección de la Agencia Tributaria. El TEAC, el primer órgano judicial para dirimir cuestiones impositivas o administrativas, analizó la deducibilidad de las cuotas soportadas por la prestación de servicios de los agentes o representantes de los jugadores de fútbol del club cuando se producen fichajes, traspasos, rescisión de los contratos, o ampliación o modificación de los contratos de los deportistas. El TEAC hizo una interpretación del reglamento de los agentes de jugadores de la FIFA. Y concluyó que el mismo permitía que un agente actuase como representante de un jugador o de un club, pero sujeto a incompatibilidad de representación de ambas partes.

Ahora la Audiencia ratifica las cinco decisiones del TEAC y desestima otra vez el recurso del Real Madrid. Por la primera sentencia, dictada el 26 de mayo, el club blanco tendrá que devolver 1,97 millones de euros por las liquidaciones de los ejercicios 2011 y 2014. La segunda sentencia desestima el recurso de la entidad madridista por el acta de Hacienda por 477.215 euros. La tercera decisión judicial respalda el expediente tributario por 391.790 euros por las liquidaciones de IVA de los periodos 2015 y 2016. La cuarta sentencia, dictada el 2 de junio, niega la reclamación del club al acta de Hacienda por 200.100 euros y la quinta también confirma el expediente de la Agencia Tributaria por 229.383 euros.

El tribunal, en la sentencia, hace hincapié en que únicamente se han regularizado aquellos pagos correspondientes a operaciones en que se ha comprobado la intervención de los perceptores de los pagos (o, en su caso, de sus representantes) y además se ha constatado debidamente que dicha intervención se ha producido en su condición de agentes de los jugadores.

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Sobre la firma

J. S. GONZÁLEZ
Redactor jefe de Economía y Negocios en EL PAÍS. Estudió Económicas y trabajó cinco años como auditor. Ha cubierto la crisis financiera, contado las consecuencias del pinchazo de la burbuja inmobiliaria, el rescate a España y las reformas de las políticas públicas de la última década. Ha cursado el programa de desarrollo directivo (PDD) del IESE.

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