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De panaderías a taxistas: estos son los autónomos y empresarios que podrán pedir las ayudas del rescate

El decreto del Gobierno para el reparto de los fondos directos a empresas afectadas por la pandemia incluye una lista con las 95 actividades que pueden optar a pedir dinero

Taxis en la estación de Atocha, en Madrid.
Taxis en la estación de Atocha, en Madrid.Samuel Sánchez
Antonio Maqueda

El Gobierno ha aprobado en un consejo de ministros extraordinario este viernes el plan de rescate para paliar los efectos de la pandemia. Finalmente, habrá un fondo de 7.000 millones destinado a entregar ayudas directas a autónomos y empresarios de las actividades más golpeadas por la crisis que gestionarán las Comunidades Autónomas. Podrán optar a ayudas de entre 3.000 y 200.000 euros. La Agencia Tributaria se encargará de vigilar que el dinero acabe en manos de quien corresponde. Junto al decreto, que se ha publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se incluye un anexo con la lista de actividades que pueden optar a las ayudas. Son 95 áreas de actividad que incluyen un amplio abanico de profesiones y empresas, desde fabricantes de helados, panaderías y taxistas a las casas de apuestas, campings o los gimnasios.

Estas compensaciones se brindarán por una caída de la facturación de al menos el 30% respecto a 2019 en empresas de los sectores más afectados por las restricciones. Y el dinero será finalista: tendrá que dedicarse a pagar facturas de costes fijos, nóminas y deudas de suministros y proveedores, entre otras partidas. Las subvenciones durarán hasta el final de 2021. Y tendrán como condición, entre otras cosas, que las empresas mantengan su actividad hasta junio de 2022. Cada comunidad debe lanzar su propia convocatoria de ayudas.

Solo se puede acceder a estas subvenciones a partir de una caída mínima del 30% de la facturación y siempre que se haya registrado un resultado neto positivo en 2019. La ayuda máxima que se concederá será un 40% de todo aquello que supere el primer 30% de caída de facturación en los autónomos que no tributen en módulos y en las pymes con hasta diez trabajadores. Para el resto será el 20% de lo que sobrepase el 30% de disminución de ingresos. Esto es: se diseña para pérdidas de ingresos grandes y, por lo tanto, se reduce el impacto de las ayudas. En cualquier caso, el mínimo será una cantidad fija de 3.000 euros para los autónomos que tributan en módulos y de 4.000 euros para los demás. Y el Ministerio de Economía argumenta que los ERTE ya están compensando parte de ese 30% de caída que no se cubre.

Las 95 actividades que recibirán ayudas

Producción y fabricación

 

- Extracción de minerales de hierro.

- Elaboración de helados.

- Elaboración de café, té e infusiones.

- Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas.

- Elaboración de sidra y bebidas fermentadas a partir de frutas.

- Confección de otras prendas de vestir exteriores.

- Confección de otras prendas de vestir y accesorios.

- Fabricación de artículos de peletería.

- Confección de otras prendas de vestir de punto.

- Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas.

- Otras actividades de impresión y artes gráficas.

- Servicios de pre-impresión y preparación de soportes.

- Encuadernación y servicios relacionados con la misma.

- Reproducción de soportes grabados.

- Fabricación de explosivos.

- Producción de metales preciosos.

- Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico.

- Fabricación de cables de fibra óptica.

- Fabricación de artículos de joyería y artículos similares.

- Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares.

- Reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial.

- Suministro de vapor y aire acondicionado.

 

Comercio

 

- Intermediarios del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y cuero.

- Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabaco.

- Comercio al por mayor de cueros y pieles.

- Comercio al por mayor de bebidas.

- Comercio al por mayor de azúcar, chocolate y confitería.

- Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias.

- Comercio al por mayor de pescados y mariscos y otros productos alimenticios.

- Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco.

- Comercio al por mayor de porcelana, cristalería y artículos de limpieza.

- Comercio al por mayor de artículos de relojería y joyería.

- Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados.

- Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería.

- Comercio al por menor de bebidas.

- Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos.

- Comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados.

- Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería.

- Comercio al por menor de prendas de vestir.

- Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero.

- Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería.

- Comercio al por menor de textiles, prendas y calzado en puestos y en mercadillos.

- Comercio al por menor de otros productos en puestos y en mercadillos.

- Otro comercio al por menor.

 

 

Transporte

 

- Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros.

- Transporte por taxi.

- Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.

- Transporte marítimo de pasajeros.

- Transporte de pasajeros por vías navegables interiores.

- Transporte aéreo de pasajeros.

- Actividades anexas al transporte terrestre.

- Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores.

- Actividades anexas al transporte aéreo.

 

Alojamiento y hostelería

 

- Hoteles y alojamientos similares.

- Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.

- Campings y aparcamientos para caravanas.

- Otros alojamientos.

- Restaurantes y puestos de comidas.

- Provisión de comidas preparadas para eventos.

- Otros servicios de comidas.

- Establecimientos de bebidas.

 

Otros sectores

 

- Edición de periódicos.

- Actividades de exhibición cinematográfica.

- Actividades de fotografía.

- Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros.

- Alquiler de camiones.

- Alquiler de artículos de ocio y deportivos.

- Alquiler de cintas de vídeo y discos.

- Alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico.

- Alquiler de maquinaria y equipo de oficina, incluidos ordenadores.

- Alquiler de medios de navegación.

- Alquiler de medios de transporte aéreo.

- Alquiler de otra maquinaria, equipos y bienes tangibles n.c.o.p.

- Actividades de las agencias de viajes.

- Actividades de los operadores turísticos.

- Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.

- Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina.

- Organización de convenciones y ferias de muestras.

- Otras actividades de apoyo a las empresa.

- Artes escénicas.

- Actividades auxiliares a las artes escénicas.

- Gestión de salas de espectáculos.

- Actividades de museos.

- Gestión de lugares y edificios históricos.

- Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales.

- Actividades de juegos de azar y apuestas.

- Gestión de instalaciones deportivas.

- Actividades de los gimnasios.

- Otras actividades deportivas.

- Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.

- Otras actividades recreativas y de entretenimiento.

- Reparación de calzado y artículos de cuero.

- Reparación de relojes y joyería.

- Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel.

- Actividades de mantenimiento físico.


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Sobre la firma

Antonio Maqueda
Periodista de la sección de Economía. Graduado en Periodismo en la Universidad de Navarra y máster por la Universidad de Cardiff, ha trabajado en medios como Cádiz Información, New Statesman, The Independent, elEconomista y Vozpópuli.

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