España recibe la primera renuncia en los laudos de las renovables y se ahorra 80 millones
La firma Masdar Solar, de los Emiratos, se acoge a la nueva normativa dictada por el Gobierno en noviembre pasado
El Gobierno de España ha recibido la primera renuncia fehaciente de un demandante contra los recortes de la remuneración en las instalaciones de energía renovable que dictó el Gobierno de Mariano Rajoy en 2013 y que ya contaba con un laudo condenatorio contra el Reino de España. La firma Masdar Solar & Wind Cooperatief, de los Emiratos Árabes Unidos, que había ganado el litigio por 64,5 millones, que más intereses se elevan a 80 millones, solicita acogerse a la solución propuesta el Gobierno socialista que tiró por tierra aquella decisión e instauró una nueva normativa que permite recuperar la inversión.
El Gobierno del PP decidió en 2013 modificar el régimen jurídico y económico de las instalaciones de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables. Esta circunstancia provocó una cascada de litigios en las cortes arbitrales internacionales por parte de los inversores que vieron mermada la remuneración por la que habían acudido a participar en la modernización del parque eléctrico español. Las demandas, que han alcanzado las 47, las ha debido gestionar el Ministerio para La Transición Ecológica que ocupa la vicepresidenta cuarta, Teresa Ribera.
Ante ello, el Gobierno socialista respondió en noviembre pasado con otro decreto ley con el objetivo de establecer un marco retributivo estable en las instalaciones afectadas por las citadas modificaciones y contribuir a poner fin a los numerosos procedimientos existentes. De esa manera, se abrió la posibilidad a los titulares que habían presentado demandas de que la rentabilidad razonable establecida para el primer periodo regulatorio (es decir, el actual) quede fijada durante los dos periodos regulatorios que se sucedan. Es decir, mantendrán una rentabilidad razonable por sus instalaciones del 7,398% hasta 2031, según la normativa.
Es el caso de Masdar Solar, que interpuso litigio en 2014 y en 2018 ganó el laudo contra España por la cantidad de 64,5 millones de euros en concepto de principal, cantidad que se habría elevado a cerca de 80 millones con intereses (desde el 20 de junio de 2014 hasta el 16 de mayo de 2018, fecha del laudo, un interés del 0,906% anual, compuesto mensualmente, y desde el 16 de mayo de 2018, fecha del laudo, hasta la fecha de pago de todas las sumas adeudadas de conformidad con el mismo, un interés del 1,60% anual, compuesto mensualmente) de no renunciar.
El de Masdar fue uno de los laudos condenatorios contra España de mayor cuantía hasta la fecha de los cerca de 50 que se han presentado con unas reclamaciones que ascendían a más de 7.700 millones. En la actualidad, según fuentes gubernamentales, permanecen abiertos 43 procesos arbitrales, de los que 29 están pendientes de arbitraje y, en el resto, la defensa del Reino de España mantiene litigios para anular su ejecución y evitar el abono de multas millonarias. Los laudos condenatorios de los que se conocen las multas (hay tres que no las tienen cuantificadas) se elevan a casi 860 millones de euros.
Precisamente, la renuncia de Masdar es especialmente significativa porque es la primera vez que un demandante que contaba con un laudo condenatorio –y uno de los de mayor multa- decide optar por la solución ofrecida por el Gobierno, que ahora espera nuevas renuncias tras haberse abierto la espita. Los laudos condenatorios pertenecen, en su gran mayoría, a una primera tanda de laudos publicados antes de noviembre de 2019. Desde entonces, la defensa del Reino de España ha logrado un cambio en la jurisprudencia de las cortes arbitrales, que ha dado como resultado seis laudos favorables para los intereses del país en los últimos meses. También, la Comisión Europea salió en apoyo de España a raíz de una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE en el caso Achmea, que impide a los demandantes europeos acudir a cortes internacionales contra un Estado miembro.
Ese mes, los jueces del Ciadi, dependiente del Banco Mundial, dieron la razón a España en el procedimiento impulsado por RREEF (fondo dependiente de Deustche Bank) al considerar que la ley española 1997 y la posterior de 2013 garantizan una “rentabilidad razonable” a los inversores. Fue un cambio radical porque en litigios anteriores, los árbitros habían dado más relevancia a los valores económicos de ambas leyes y se tradujo en una compensación proporcionalmente mucho más pequeña: RREEF pedía 441 millones y se le concedieron 59 millones, una cifra por debajo del 30% que se considera como una victoria para el demandado. De los seis laudos que se han conocido después del de RREEF todos menos el de Watkings (pedía 132 millones y ha obtenido 77) han estado por debajo del 30%. Y del resto, hay que destacar que el mayor de los todos los pleitos, el de The PV Investors, sobre una reclamación de 1.300 millones (sin contar intereses, que habrían subido la indemnización a 1.900) se han concedido 91 millones.
A todo ello hay que añadir la anulación que consiguió la Abogacía del Estado el pasado mayo por parte del Ciadi, de la que fue la primera condena. El valor ascendía a 128 millones y se había concedido al grupo británico Eiser. Los casos que ha perdido España, además de los citados, son: Cavalum, SolEs Badajoz (41 millones de indemnización); Nextera (290 millones), Antin (101 millones), Novenergia (53,3 millones), 9REN (41,7 millones), Greentech (39 millones); Demeter y Cube (33,7 millones), Infrared Environment Infrastructure, (reclamaba 92 millones, pero no se conoce la indemnización concedida), Schwab Holding/OperaFund Ecoinvest (27 millones).
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