La cúpula de Dia amplió su blindaje en plena ofensiva de Fridman
El número de directivos con indemnizaciones garantizadas pasó de dos a cinco en 2018, justo antes del movimiento de LetterOne para hacerse con la cadena
Justo en el año en que el fondo Letterone se colocó al borde de la opa obligatoria al hacerse con un 29% de la propiedad de Dia, la cadena de supermercados aumentó de dos a cinco el número de directivos cubiertos por una “cláusula de garantía o blindaje”, que prevé cuantiosas indemnizaciones, de hasta dos salarios anuales, en caso de cambio de control en la empresa, algo que probablemente pasará en pocos meses si la opa voluntaria presentada en febrero por el fondo manejado por el magnate ruso Mijail Fridman. Así consta en el informe de gobierno corporativo enviado a la CNMV el pasado 8 de febrero, junto con los resultados de 2018, que arrojaron unas pérdidas de 352 millones de euros.
Al cierre del pasado ejercicio, cinco personas tenían ese tipo de contratos. Entre ellas estaban el consejero delegado, Borja de la Cierva, y el secretario corporativo, Miguel Ángel Iglesias Peinado, además de otros tres miembros de la dirección. A esa fecha, Dia contaba con siete personas en la alta dirección, incluyendo a Iglesias. En cambio, al cierre del ejercicio anterior, solo dos personas tenían ese blindaje: el consejero delegado, entonces Ricardo Currás, y el Director Ejecutivo de Portugal y Corporativo, Amando Sánchez Falcón. Currás fue despedido el pasado mes de agosto y Sánchez Falcón fue suspendido de empleo en octubre, cuando la cadena tuvo que alertar de que sus cuentas serían peores de lo esperado y se destaparon presuntas irregularidades contables que obligaron a reexpresar las cuentas de 2017.
Fuentes de la empresa justifican el aumento de los contratos blindados en el inusual movimiento que sufrió la dirección de la cadena de supermercados el año pasado debido a la crisis desatada en octubre. Hubo numerosas altas y bajas en el equipo directivo y los blindajes son habituales en las nuevas incorporaciones, no tanto en los contratos más antiguos, señalan las fuentes. También son habituales en las empresas pertenecientes al Ibex 35, selectivo al que Dia perteneció hasta finales de diciembre del año pasado. Por otro lado, para atraer talento, una empresa en crisis como Dia tenía que ofrecer condiciones atractivas. Añaden las fuentes que, en una empresa con 12 consejeros y otras siete personas en la alta dirección, cinco blindajes no son demasiados.
En el caso del consejero delegado, ese blindaje le da derecho a percibir una “indemnización equivalente a dos anualidades de su retribución anual” (incluyendo la parte fija, 600.000 euros, y la variable) si el consejo rescinde su contrato sin que se haya producido un “incumplimiento de sus funciones” o “despido disciplinario procedente”. Es la misma protección que tenía Currás, aunque esas retribuciones están sujetas a cláusulas clawback, con las que la empresa podría reclamar esas cantidades en caso de incumplimientos.
El caso de Iglesias es particular. Fue nombrado consejero en febrero, pero su nombramiento no fue ratificado en la junta de accionistas del 20 de marzo. Por tanto, durante mes y medio gozó de un contrato blindado en las mismas condiciones que De la Cierva. Además, tiene derecho a otra en caso de cambio de control de la empresa como miembro de la alta dirección (33 días por año trabajado), pero este está en suspenso por su efímero paso por el consejo. En caso de que salga de la empresa en el futuro, salvo que se le despida de forma procedente, cobrará la más alta de las dos.
Para los otros cargos blindados, las indemnizaciones serán, según los casos, de 33 días de salario por año trabajado con un mínimo de dos años, de 13 mensualidades más una mensualidad por año trabajado con un máximo de dos años de retribución o 33 días por año trabajado como directivo con máximo de dos años y 33 días por año trabajado en la empresa aunque no fuese en la dirección. A todos habría que añadir una indemnización de uno o dos años de salario si el contrato se extingue por causas objetivas.
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