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Claroscuros del ahorro sistemático

Guía de las ventajas y desventajas de los PIAS, un producto que cuenta con más de 1,6 millones de clientes en España

Getty

Los Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS) nacieron en 2007 como seguros individuales de ahorro. Su objetivo inicial es acumular en el tiempo un capital suficiente para, al vencimiento (en general, tras la jubilación), constituir una renta vitalicia con la que complementar los ingresos. Diez años después, a 31 de diciembre de 2017, gestionan 12.189 millones de euros (un 19,23% más que el ejercicio anterior) y cuentan con cerca de 1.640.000 asegurados (un 9% menos que en 2016), según los datos del Servicio de Estadísticas y Estudios del Sector Seguros en España (ICEA), recogidos por la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Unespa).

Los PIAS son una de las múltiples alternativas con las que cuentan los ahorradores a medio y largo plazo para lograr un complemento de ingresos a futuro. En principio, ‘compiten’ con los planes de pensiones, los Planes de Previsión Asegurados (PPAs), el Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo (SIALP), los unit linked, etcétara. pero la realidad es que lo hacen con cualquier activo financiero. Como todo producto, los PIAS tienen sus propias características, con sus ventajas e inconvenientes.

1. Aportaciones flexibles

Se suele exigir una prima única inicial, cuyo importe puede ser de 60, 600, 3.000 euros, según cada compañía y tipo de producto, pero se permite realizar aportaciones posteriores (mensuales, trimestrales, semestrales…) a voluntad del ahorrador. Con unos límites de 8.000 euros anuales y hasta un máximo de primas pagadas a lo largo de los años de hasta 240.000 euros.

2. Seguro adicional

Los PIAS, como seguros que son, ofrecen un capital adicional asegurado en caso de fallecimiento de su titular. Los beneficiarios del seguro, además de recuperar el valor en ese momento de las primas abonadas (se suele aplicar un tipo de interés técnico), cobrarán una cuantía adicional, que suele ser poco elevada y sujeta a máximos de entre 600 y 1.200 euros.

3. Productos líquidos

Es cierto que, en principio, casi todos los PIAS permiten el rescate total o parcial de las primas pagadas pero también lo es que una mayoría de ellos imponen periodos mínimos de permanencia (uno, dos o más años) y, sobre todo, que todos ellos aplican penalizaciones que pueden llegar en los primeros años de vida del PIAS a ‘comerse’ parte del capital. Incluso en los que se conocen como PIAS garantizados y, por supuesto, en los de libre elección de inversión, se pueden registrar pérdidas. En los primeros, ‘el 100% del capital más la rentabilidad garantizados’ que se suelen publicitar solo suele ser real si se mantiene el PIAS durante 5, 8, 10 ó 15 años y siempre y cuando se paguen puntualmente todas las primas. Y siempre teniendo en cuenta que se deducirán los gastos de gestión y la prima de cobertura de fallecimiento.

4. Diversificación del ahorro

Hasta hace unos años, las aseguradoras comercializaban tan solo PIAS garantizados dirigidos a ahorradores conservadores. Hoy por hoy, éstos siguen existiendo —sus tipos de interés garantizados se colocan entre el 1% y el 2,3% (revisables trimestral o semestralmente) y ofrecen premios de fidelidad de entre el 3% y 5% a partir de los 10 años de permanencia— pero han perdido importancia frente a los que ahora están de moda: los PIAS no garantizados, que vinculan su rentabilidad final a la marcha de, en general, una cesta de fondos de inversión. Las compañías ofrecen al ahorrador elegir su perfil, que puede ser conservador, moderado, dinámico, prudente, decidido, global… y en función de él, el riesgo que se asuma. Las aseguradoras suelen advertir en sus folletos que estos PIAS solo están dirigidos a clientes que asuman el riesgo de pérdidas en la inversión, dado que el capital que acumulan depende del valor de esos fondos y, por tanto, está expuesto a las fluctuaciones de los mercados financieros. Tampoco está de más recordar que rentabilidades pasadas (las que a veces se muestran para vender los PIAS asociados a fondos) no son garantía de rendimientos futuros.

5.Comisiones

Los PIAS suelen tener costes de entrada, de salida, de riesgo, corrientes, vinculados a la gestión, de intermediación, etc. Todo ellos hacen difícil (sobre todo en los de inversión libre pero también en los garantizados) la comparación entre unos y otros, pues no hay una TAE (Tasa Anual Equivalente) de referencia.

Fiscalidad especial

Los PIAS tienen una fiscalidad especial. Las aportaciones o pago de primas que se hacen no reducen las rentas del ahorrador en el IRPF (ventaja de la que sí gozan los planes de pensiones o los PPAs). Si se rescata total o parcialmente un PIAS antes de que hayan pasado cinco años desde la primera aportación, se pagarán impuestos por los intereses percibidos: actualmente, hasta 6.000 euros al 19%; entre 6.000 y hasta 50.000, al 21%, y a partir de 50.000, al 23%.

Si pasados cinco años desde la primera aportación, se rescata el PIAS y con el ahorro acumulado se constituye una renta vitalicia aparecen las ventajas fiscales (si no hay tal renta vitalicia se tributará igualmente por los intereses a los porcentajes mencionados). En función de la edad de quien va a cobrar esa renta se le aplican mayores o menores “descuentos” sobre el importe de los intereses sobre los que hay que pagar impuestos a los tipos anteriores. Por ejemplo, que el rentista tiene entre 50 y 59 años, solo incluirá en su IRPF el 28% de sus intereses; si tiene entre 60 y 65 años, ya será el 24%; y a la persona de más de 70 años cuando rescata su PIAS, Hacienda le “perdona” los impuestos del 92% de los intereses. La cuestión es que la Agencia Tributaria puede llegar a ser tan ‘generosa’ con cualquier otro producto financiero para las personas de más de 65 años, lo que endurece la competencia para los PIAS. Al margen de que si los mayores venden su vivienda habitual no pagan impuestos por las ganancias que obtengan, si venden acciones o fondos de inversión u otros inmuebles y con el dinero obtenido (igual que en los PIAS, hasta un máximo de 240.000 euros), constituyen una renta vitalicia gozan de las ventajas anteriores: porcentajes de reducción de hasta el 92% sobre las ganancias obtenidas.

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