Obligada transparencia
Los nombres y los flujos de préstamo deberían figurar en una relación abierta, como una información más a los accionistas
La espectacular crisis del Banco Popular y las presiones sobre la cotización bursátil de Liberbank han hecho emerger a la superficie la práctica de la llamada especulación a la baja o toma de posiciones a corto. Recordemos: una posición corta significa que el inversor apuesta a que el valor de la acción de una determinada empresa bajará o se hundirá. El procedimiento para instrumentar la apuesta es sencillo: el inversor apostador alquila acciones (hay muchas empresas, bancos de inversión o sociedades dispuestas al préstamo) a cambio de una comisión o tasa de alquiler; el bajista vende las acciones al precio de hoy y las recompra pasado un plazo a un precio que, si se cumplen sus previsiones, será inferior; la ganancia es la diferencia entre el dinero obtenido por la venta inicial y lo pagado por la recompra más el alquiler. Es una operación legal, que cumple normalmente una función correctora en el mercado, incluso beneficiosa en cuanto que templa los precios en momentos de euforia.
Ahora bien, sus efectos sobre las empresas y entidades financieras que atraviesan por momentos delicados aunque subsanables son los que todo el mundo puede imaginar. Agudizan la caída del valor hasta sumirlo en una espiral depresiva que no puede remontarse cruzado un cierto umbral. La explicación de que la especulación bajista no causa los problemas de las sociedades que la sufren, sino que simplemente los agudiza, es insatisfactoria, porque precisamente esa aceleración de la gravedad impide que tales problemas se puedan atajar con tratamientos empresariales establecidos y, por el contrario, sea necesario recurrir a decisiones drásticas. En el caso del Popular, la fiebre bajista ha contribuido a precipitar su puesta a cero y venta al Santander.
De forma que el regulador del mercado bursátil (la Comisión Nacional del Mercado de Valores, CNMV) tiene que ser muy consciente de que las posiciones en corto deben operar en un régimen de total transparencia, como mandan los cánones del mercado de acciones. Todos los agentes, inversores y operadores tienen que saber al mismo tiempo que el regulador quién está especulando a la baja y qué medios están utilizando. ¿Quién se pone en corto en un valor? Pues debería saberse como mínimo a partir del 0,1% del capital, y en casos sensibles, incluso por debajo de ese porcentaje. ¿Quién presta las acciones? Los nombres y los flujos de préstamo deberían figurar en una relación abierta, como una información más a los accionistas y, por cierto, también útil para quienes, por tener sus títulos en depósito, no saben que contribuyen al bajismo. Y, por supuesto, es obligado poner en relación las posiciones cortas con los bancos de inversión que facilitan el alquiler de acciones. Porque hay potenciales conflictos de interés que deben salir a la luz y ser sancionados si llega el caso.
Los mercados, en especial los de acciones, se defienden y crecen con la transparencia. Y por esa razón es decisiva la tarea de los reguladores financieros. No es un secreto que la CNMV carece hoy de la información necesaria para evitar movimientos perjudiciales para el conjunto del mercado. Hasta qué punto esta falta de información es debida a la carencia de medios forma parte de una discusión espesa y probablemente sin solución clara. Pero sigue siendo cierto que, como mínimo, la Comisión necesita facilidades legislativas para obtener la información necesaria. Los agentes y los inversores de cualquier naturaleza societaria tienen que saber e interiorizar que la información plena, es decir, la transparencia, no es un enemigo de su beneficio, sino que, por el contrario, facilita un flujo continuo de negocio creíble, funcional y sostenido. Sin transparencia, la desconfianza se adueña del mercado y el dinero se contiene.
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