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La CMT abre proceso sancionador a Telefónica por no comunicar precios

La compañía argumenta que los precios a los que hace referencia el expediente no eran definitivos, sino que se trataba de promociones

La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) ha abierto un proceso sancionador contra Telefónica por una infracción tipificada como "muy grave" consistente en no informar al regulador sobre los precios "efectivamente" aplicados en dos de sus ofertas Movistar ADSL y Movistar TV Familiar.

Fuentes de la compañía consultadas por Europa Press han indicado que los precios a los que hace referencia el expediente no eran precios definitivos, sino que se trataban de promociones, y han adelantado que alegarán el expediente.

De acuerdo con la regulación actual, Telefónica debe comunicar a la CMT, antes de su comercialización, los precios y condiciones aplicables a los servicios minoristas de banda ancha, así como sus modificaciones, incluyendo clientes finales de la compañía y el desglose de los precios en el caso de paquetes.

De esta forma, esta normativa obliga a la compañía a informar sobre tarifas, así como sobre "todo tipo" de reducciones sobre las mismas, bonos de descuento, planes de precios, paquetes de servicios y tarifas especiales o moduladas en el marco de ofertas minoristas de acceso de banda ancha. Igualmente aplicará la obligación anterior sobre cualquier modificación de las ofertas ya existentes.

Este incumplimiento puede conllevar una multa "no inferior al tanto, ni superior al quíntuplo", del beneficio bruto obtenido como consecuencia de la infracción. En caso de que no resulte posible aplicar este criterio, la sanción será del 1% de los ingresos brutos anuales obtenidos por la entidad infractora en el último ejercicio en esta actividad, o el 5% de los fondos totales utilizados en la infracción, o de 20 millones de euros.

En este caso concreto, la CMT ha indicado en una resolución que, tras llevar a cabo inspecciones en los meses de marzo y abril en la página web de Telefónica, ha comprobado que la compañía ofrecía Movistar ADSL a un precio de 24,9 euros al mes, y no de 29,9 euros al mes como comunicó al regulador del mercado, con un periodo promocional inicial de 19,9 euros al mes durante los primeros doce meses de contrato.

Del mismo modo, el regulador presidido por Bernardo Lorenzo ha señalado que las condiciones de la oferta que figuraban en la página web de la compañía por las que Movistar TV Familiar se comercializada a 54,8 euros (24,9 euros al mes más los 29,9 euros por la prestación del servicio de televisión sobre ADSL) tampoco se comunicaron al regulador.

Un mes para presentar alegaciones

A este respecto, en sus alegaciones previas a la apertura del expediente sancionador, Telefónica señala respecto a la oferta Movistar ADSL que no se comercializó a un precio definitivo de 24,9 euros, si bien reconoce "errores de traslación de los precios" así como "algunas inconsistencias en la web" , pero añade que estas se subsanaron de inmediato a raíz de la apertura del expediente de información de la CMT.

En cualquier caso, la CMT recuerda que Telefónica dispone de un mes para presentar nuevas alegaciones, documentos o las justificaciones que estime convenientes.

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