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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

La habilidad del filibustero

Xavier Vidal-Folch

Filibusterismo. Dícese de la técnica de obstruccionismo parlamentario que emplea largos discursos, aunque sean inanes, para bloquear durante un período de tiempo una ley o una moción. Hay también filibusterismos gubernativos, como el de dar largas a quien reclama cambios alegando, con razón o sin ella, que la Constitución los impide. Y existe una versión europea de esta técnica, que consiste en asegurar que es imposible adoptar una medida porque el Tratado la impide, no la autoriza, o no la contempla.

Desde el inicio de la crisis se ha usado este argumento para distintos fines. Para intentar impedir los rescates a los países en bancarrota; para arbitrar un “compacto fiscal” que atornillase la política de austeridad; para boicotear la compra de bonos de los Tesoros periféricos por parte del BCE... En un caso se firmó un nuevo tratado (el Tratado fiscal), por fuera pero conectado al de la Unión; en otros se han usado mecanismos esotéricos como los “special purpose vehicles” (para los Fondos de rescate); y en alguno los promotores del boicoteo (el Bundesbank contra el BCE) han perdido la partida. Al menos de momento.

El Tratado “no basta para anclar en la ley de manera indefectible una autoridad fuerte de resolución [liquidación] bancaria”, proclamaba hace dos meses el ministro alemán de Finanzas, Wolfgang Schäuble (FT, 12 de mayo). “Es muy importante que Francia y Alemania hayan acordado un calendario y mecanismos sin que sea necesario cambiar los Tratados”, aseguraba poco después el presidente francés François Hollande, tras su cumbre con la canciller Angela Merkel, el 30 de mayo.

Pese a ello, todo el mes de junio fue un no vivir con el temor de que los alemanes aplazasen la unión bancaria. Al final, la cumbre de los días 27 y 28 bendecía los criterios (el orden de los paganos) para la reflotación de bancos y un fondo de recapitalización directa de hasta 60.000 millones, todo ello para las entidades salvables; así como el esquema común de los fondos de “resolución” [o sea, liquidación] nacionales, para las imposibles. No se había perdido el tiempo.

Los obstáculos jurídicos de Berlín a la unión bancaria esconden su creciente desconfianza en Bruselas

Ahora se ha empezado a poner hilo en la aguja de la gran cuestión pendiente: ¿quién mandará en el fondo de “resolución” común, que estará por encima de los de los Estados miembros? Schäuble volvió a la carga, instando a la Comisión a “que se atenga de forma muy cuidadosa a los límites del Tratado”. En realidad, con esta ya conocida chicuelina o advertencia o amenaza jurídica no reniega del fondo común, sino que pretende hurtar su control a la institución comunitaria y residenciarlo en una instancia intergubernamental, en la que mandaría el derecho de veto.

Pero esta vez Berlín no puede enarbolar ningún artículo que aparentemente prohíba la operación, como si lo tenía para oponerse a los rescates (aunque sesgadamente: usaba el 123 y olvidaba el 122). Todo lo más puede apuntar a que la base jurídica para la armonización del mercado interior es débil, o poco específica para este caso. Una alegación de menor cuantía, dada la (aunque limitada) vis expansiva del derecho comunitario, es decir, su capacidad de rellenar huecos.

Ocurre , en el fondo, que Berlín desconfía de que Bruselas pueda tomar la decisión última sobre la liquidación de un banco, más si puede jugarse algún dinero propio, pese a todas las cautelas prometidas por el comisario Michel Barnier garantizando una cierta voluntariedad.

Y es que llueve sobre mojado. La historia de las tensiones Alemania-Comisión es tan larga como la de sus complicidades. La hubo en asuntos de Competencia, cuando Bruselas le apretaba las tuercas (la España de los astilleros no inventa nada) y la hay por las advertencias macroeconómicas anuales, que siempre incomodan al examinando: “Es una monada de recomendación”, se mofó Schäuble el pasado 2 de junio.

Pero otras fuerzas no quieren dejar a los Gobiernos la última palabra, sino a Bruselas. Porque la liquidación de bancos “implica una autoridad con un alto grado de centralización”, dada la delicada naturaleza de sus decisiones, que deben ser rápidas, y el sistema dual actual “ha producido considerables retrasos”.

Porque “un sistema en el que la supervisión está centralizada [en el BCE] y la resolución no lo está puede perjudicar a la eficacia y credibilidad del supervisor”.

Y porque si la liquidación bancaria “permanece sobre todo en manos de las autoridades nacionales, estas carecerán del incentivo necesario para minimizar el conjunto de costes de aquella si su coste fiscal está ya parcialmente mutualizado”. Así lo argumenta un notable informe técnico al Parlamento Europeo, “Banking Union: the single resolution mechanism,” (PE 492.473, marzo 2013).

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