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Iberia, condenada por incluir cláusulas abusivas en sus contratos

La aerolínea recurrirá la decisión ante la Audiencia Provincial de Madrid

El Juzgado Mercantil número 12 de Madrid ha declarado nulas "por abusivas" tres cláusulas del contrato de transporte aéreo de Iberia, tras una demanda interpuesta por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en julio del pasado año.

Los magistrados consideran nula la pauta en la cláusula en la que la aerolínea apunta que "en caso de necesidad" podrá hacerse sustituir por otra compañía, e incluso usar aviones de terceros y modificar o suprimir escalas, al considerar que no varían las prestaciones, refiriéndose a las compañías de bajo coste.

Los jueces califican de "abusivo" que la compañía aérea recoja en su contrato que no asume la responsabilidad de garantizar los enlaces con otros vuelos en el punto de destino.

La tercera cláusula declarada nula es la llamada "no show", por la que la aerolínea cancela el billete de vuelta en el caso de que el pasajero no haya usado el de ida, al apuntar que la inclusión de esta medida carece de justificación razonable.

La sentencia conocida este lunes muestra su rechazo ante la negación de embarque a pasajeros con billetes bonificados que no puedan aportar el título de familia numerosa, al calificar de "desproporcionada" la medida y destacar que esta condición se puede acreditar también a través del documento individual en vigor.

Iberia recurrirá

Fuentes de la aerolínea sostienen que la compañía aérea presentará un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

La OCU presentó a lo largo del año pasado una serie de demandas a otras compañías. En el caso de Spanair y Vueling, los magistrados detectaron más de 15 cláusulas abusivas, mientras que la sentencia sobre Ryanair se dará a conocer el próximo 24 de octubre. 

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