Montoro podrá vetar las inyecciones
El ministerio de Hacienda podrá rechazar la operación en un plazo de cinco días hábiles
El Fondo de Reestructuración Ordenado Bancario (FROB) podrá recapitalizar a las entidades con problemas a través de diversas fórmulas —las acciones ordinarias o aportaciones de capital; mediante instrumentos convertibles— pero el ministerio de Hacienda podrá rechazará la operación en un plazo de cinco días hábiles.
“Con carácter previo a la decisión abre la suscripción o adquisición de los instrumentos a los que se refiere este artículo, el FROB elevará al Ministerio de Hacienda y Aministraciones Públicas y al Ministerio de Economía y Competitividad una memoria económica en la que se detalle el impacto financiero de esa adquisición sobre los fondos aportados al FROB con cargo a los Presupuestos Generales del Estado”, señala el artículo referente a Instrumentos de recapitalización. Y añade que, sobre la base de los informes que emitan al efecto la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera y la Intervención General de la Administración del Estado, “el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas podrá oponerse, motivadamente, a la suscripción o adquisición en el plazo de cinco días hábiles desde que le sea elevada dicha memoria”.
El fondo de rescate bancario también tendrá que elevar este informe en el caso de los planes de reestructuración de las entidades y el ministerio al frente del cual figura ahora Cristóbal Montoro tendrá su vez cinco días hábiles para oponerse. Pero, añade el texto, “durante todo el proceso de reestructuración, el FROB podrá requerir a las entidades toda la información, relacionada con la entidad o su grupo o subgrupo consolidable, necesaria para preparar una eventual resolución”.
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