Un paso adicional
El real decreto-ley aprobado por el Gobierno va en la buena dirección, pero podría ser insuficiente
Desde que hace cuatro años comenzara la crisis financiera más importante de la historia reciente, el sistema bancario mundial ha tenido que reforzar su posición de capital con 1,2 billones de dólares, cifra equivalente al 85% del PIB español. Resultaría difícil encontrar otro sector en la economía que en un periodo de tiempo tan reducido haya tenido que reforzar su posición de capital de forma tan intensa. Este proceso responde en gran medida a la estructura de los balances de los operadores bancarios, así como a su enorme sensibilidad al ciclo económico, al contar únicamente con un 10% de capital sobre el total de activo. Como consecuencia de ello, y a pesar de la regulación bancaria, esta situación provoca que deterioros relevantes en el valor de los activos pueda generar movimientos sustanciales en la estructura de capital de las entidades.
Sin embargo, la forma en la que se ha ido produciendo la recapitalización en los países de nuestro entorno ha estado muy condicionada por la tipología de activos que cada sector bancario tenía en sus balances. Así, aquellos con una mayor presencia de activos cotizados, valorados a precio de mercado, hicieron el proceso de ajuste de forma inmediata, empujados por la caída en las cotizaciones de esos activos y la consiguiente necesidad de reconocer los saneamientos oportunos que, cuando generaron pérdidas, obligaron a reforzar la posición de capital. Ese fue el caso de la mayor parte de países anglosajones. Muy distinta ha sido la evolución en España, donde en los balances de los bancos predominan los créditos, sin cotización de mercado, y cuyo saneamiento viene vinculado a las normas de contabilidad bancaria. Ello ha llevado a un reconocimiento de pérdidas más lento y vinculado a la introducción de nuevas normas. Lógicamente, al ser un proceso dinámico, mientras los activos permanezcan en los balances, el deterioro del ciclo no hace sino acentuar la necesidad de reconocer un valor de los activos cada vez menor.
En este contexto, el real decreto-ley recientemente publicado supone un nuevo paso en el proceso de saneamiento de los activos bancarios en nuestro país, con una hoja de ruta que guarda muchos elementos comunes con las iniciativas anteriores, y que, como ya ocurriera entonces, no cabe pensar que sea definitivo en la consecución de su objetivo último. Es previsible que el deterioro cíclico actual y estimado para próximos meses provoque un incremento de morosidad en segmentos que no son objeto de saneamiento relevante en esta nueva norma, y que por tanto requerirán nuevas provisiones.
Las consecuencias del RDL cabe analizarlas al menos en una doble dimensión. En primer lugar, por su impacto en el sector bancario. El reconocimiento inmediato de estos saneamientos —sin menoscabo de que puedan existir necesidades adicionales por otros activos— podrá generar nuevas fusiones en las que posiblemente participarían aquellas con una posición inicial menos holgada. Una de las ventajas de estos procesos es que permitiría a las entidades reconocer los saneamientos contra patrimonio en lugar de generar pérdidas contables. Pero más allá de las consideraciones contables, las nuevas necesidades de capital tendrán que ser cubiertas con ampliaciones de capital privadas —previsiblemente mediante canje de participaciones preferentes y pago de dividendos en acciones— o mediante nuevas apelaciones a fondos del FROB. Según nuestras estimaciones, de los 50.000 millones de euros que se estima que puedan requerirse con este nuevo RDL, el sector ya tiene fondos para absorber 25.000 millones. Y el resto podrá ser absorbido solo de forma parcial por la propia generación de resultados de las entidades. Por tanto, la mera aplicación del RDL podría requerir nuevo capital por un importe de entre 15.000 y 20.000 millones de euros, que habrá de ser cubierto mediante ampliaciones de capital o inyección de fondos del FROB. Únicamente si todas las entidades participaran en procesos de fusión podríamos concluir que el sector tendría capacidad para absorber esta fase del proceso de recapitalización de forma endógena, mediante la combinación de entidades con posiciones excedentarias con entidades deficitarias.
En segundo lugar, por su impacto en el sector inmobiliario, cuya situación patrimonial puede verse deteriorada si estos saneamientos de los balances bancarios se trasladan a una caída de la valoración de todos los activos inmobiliarios. Como es previsible que este efecto se produzca, sería necesario diseñar mecanismos que permitan que los proyectos viables puedan seguir avanzando. Si no se instrumentan estas medidas, la segunda derivada de los ajustes, en el peor de los casos, podría ser un mayor deterioro de la solvencia de estas compañías y, por tanto, un mayor deterioro del crédito en el balance de las entidades bancarias, sin lograr dinamizar la actividad y sin resolver definitivamente el problema del sector bancario. Menos claro resulta el impacto que el nuevo RDL pueda tener de forma directa en el precio de la vivienda. Si tenemos en cuenta que actualmente las entidades tienen provisionado el 31% del valor de las viviendas adjudicadas, y que la nueva norma les obliga a llegar al 35%, el margen de diferencia parece reducido como para tener un impacto directo significativo.
En definitiva, dadas las características del sector bancario español, el proceso de saneamiento de los balances resulta imprescindible para que se produzca un desapalancamiento mayor, que a su vez es una condición necesaria para la reactivación de los flujos crediticios. La velocidad con la que este proceso se lleve a cabo dependerá de la capacidad que tengan las entidades para reconocer el menor valor de los activos y, en su caso, de captar más capital. El nuevo RDL va en la buena dirección, pero podría ser insuficiente, especialmente si atendemos a la posición cíclica en la que nos encontramos.
Alfonso García Mora y Enrique Martín son socios de Analistas Financieros Internacionales (AFI).
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