El Supremo confirma la nulidad del redondeo al alza en las hipotecas de Caja Tarragona
La entidad deberá devolver a sus clientes el dinero de más que les ha cobrado en sus créditos
El Tribunal Supremo ha confirmado el carácter abusivo de la cláusula que redondeaba al alza el tipo de interés variable de las hipotecas de Caja Tarragona, por lo que la entidad financiera deberá devolver a sus clientes los importes que les haya cobrado en exceso.
En una sentencia publicada hoy, los magistrados de la Sala de lo Civil del Alto Tribunal desestiman de esta forma el recurso que presentó la entidad contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que dio la razón a la asociación de consumidores Ausbanc, que exigía que se declarara nula la cláusula.
En concreto, la citada cláusula de los contratos hipotecarios permitía a la citada caja el redondeo "al cuarto de punto superior", en referencia al tipo de interés que se toma como base para las revisiones anuales del interés aplicable al préstamo hipotecario y a cualquier otra análoga".
El Supremo confirma de esta manera una sentencia que dictó en noviembre de 2010 sobre el carácter abusivo del redondeo al alza, en la que decía que se trata de una estipulación "no negociada individualmente que, en contra de las exigencias de la buena fe, causaban, en perjuicio del consumdor, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones" entre el cliente y la entidad.
En su recurso, Caixa Tarragona aducía "falta de legitimación activa" de Ausbanc Consumo para ejercitar la acción colectiva de cesación, ya que la asociación "no está inscrita en el Registro del Ministerio de Sanidad y Consumo", ni representada en el Consejo de Consumidores y Usuarios, algo que también rechaza la sentencia.
La sentencia se ha conocido un día después de que la Audiencia de Navarra confirmara la decisión de un juez de primera instancia que, por primera vez, considera que devolver el piso liquida la hipoteca.
El 8% de los hipotecados debe más de lo que vale su casa
La agencia Standard & Poor´s calcula que un 8% de los hipotecados en España se encuentra en situación de pérdidas patrimoniales ("negative equity"), lo que implica que el importe de sus hipotecas es superior al valor actual de los inmuebles hipotecados.
En este sentido, la agencia advierte de que si los precios de la vivienda en España profundizan su caída hasta un 30% ó 35% desde los máximos registrados, frente al descenso del 20% estimado hasta ahora por algunos índices, el porcentaje de hipotecados con pérdidas patrimoniales ascendería al 19,6% ó al 28,2%, respectivamente.
Asimismo, el estudio elaborado por S&P indica que la incidencia de esta situación es mayor en las regiones en las que se han registrado los mayores descensos de precios, así como entre los préstamos hipotecarios más recientes (2007 y 2008).
De este modo, la tasa más alta de pérdidas patrimoniales se observa en Valencia (12,4%), Navarra (12,3%), Castilla La Mancha (11,4%) y Murcia (10,6%), mientras que Galicia (1,4%), Extremadura (2,9%), Castilla Leon (3,4%), Cantabria (3,9%) y Asturias muestran la menor incidencia del "negative equity".
Por su parte, Aragón cuenta con un porcentaje del 9,4%, mientras Madrid, Andalucia y La Rioja registran una tasa del 8,3%; Cataluña se sitúa en el 7,3%; y País Vasco alcanza el 5,2%.
"Prevemos que la recuperación de la economía española se demorará respecto a otros países europeos ante la profundidad y la naturaleza estructural de las dificultades a las que se enfrenta", señala la agencia. "De forma similar, esperamos que los precios de la vivienda continúen bajando, incluso cuando en otros mercados inmobiliarios se hayan detenido las caídas", añade.
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