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Facua denuncia a seis aerolíneas por remitir las quejas de sus usuarios a números 807

La asociación asegura que las prácticas de las compañías son abusivas y vulneran derechos

La organización Facua-Consumidores en Acción ha denunciado a seis compañías aéreas por realizar sus servicios de atención al cliente a través de números de teléfonos con prefijo 807, que según la asociación reportan a estas compañías importantes ingresos extra aunque legalmente deberían estar incluidos en el precio del billete.

Según afirma Facua a través de un comunicado, "el usuario tiene que pagar una cantidad para recibir determinada información sobre el vuelo, su confirmación y el cambio en las condiciones del billete o su cancelación, así como datos sobre la documentación necesaria para realizar el viaje o incluso para reclamar sobre algún tipo de error o anomalía en el billete o el localizador". Este precio, añaden, varía en función de la compañía y si se llama desde fijo o móvil, oscilando entre 0,41 y 1,51 euros por minuto.

Además, denuncian que en algunos casos como en el de Easyjet "no se aceptan reclamaciones por fax, carta o correo electrónico". Según Facua, "incluso si el cliente no quiere que se utilicen sus datos personales para enviarle publicidad, la aerolínea también le invita a llamar a una línea 807".

Facua ha denunciado a las aerolíneas ante el Instituto Nacional del Consumo (INC) del Ministerio de Sanidad y Política Social y las autoridades de Consumo de las comunidades autónomas donde tienen su sede social las radicadas en España: Baleares en los casos de Air Europa y Spanair, Madrid en el de Iberia y Cataluña en el de Vueling. Easyjet tiene su domicilio en el Reino Unido y Ryanair en Irlanda.

En su opinión, al cobrar por estas consultas, las compañías atentan contra los de derechos de los usuarios que están implícitos a la contratación del billete, según establece el artículo 86 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre). También, advierte Facua, vulneran el artículo 49 de la citada norma, que considera cláusulas abusivas "las limitaciones o exigencias injustificadas al derecho del consumidor de poner fin a los contratos de prestación de servicios".

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