Industria resolverá en noviembre los recursos a las condiciones de la CNE a la OPA sobre Endesa
El Ministerio agotará el plazo para resolver el recurso de Enel y Acciona que pide suprimir cuatro de las condiciones impuestas por la CNE
El Ministerio de Industria tiene previsto pronunciarse el 3 de noviembre acerca del recurso de alzada que Enel y Acciona presentaron ante las condiciones de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) a su oferta por Endesa, indicaron a Europa Press fuentes del departamento dirigido por Joan Clos.
El dictamen de Industria se producirá algo más de un mes después de que Endesa celebre el próximo 25 de septiembre una junta general extraordinaria de accionistas en la que se someterá a votación la modificación de los estatutos de la eléctrica y, especialmente, del artículo que establece un límite del 10% en el ejercicio de los derechos de voto.
El plazo acaba el 3 de noviembre
Enel y Acciona presentaron el pasado 3 de agosto un recurso de alzada ante la resolución de la CNE sobre la OPA. Como el procedimiento tiene carácter ordinario y no viene acompañado de una solicitud de suspensión cautelar, el Ministerio dispone de un plazo de tres meses para adoptar una decisión, que concluirá el 3 de noviembre.
En su recurso de alzada, Enel y Acciona entienden que las condiciones impuestas por la CNE no son proporcionales, y señalan que la CNE no ha hecho una valoración correcta de los riesgos en la seguridad de suministro que supone la oferta.
Quejas de las eléctricas
Además, entienden que la CNE ha excedido sus competencias en la vinculación que hace de Enel con el Gobierno italiano, que controla más del 30% del capital de la eléctrica. Esta competencia, dicen, corresponde al Ejecutivo español, que ya autorizó con condiciones a la eléctrica italiana la potestad de ejercer de forma plena los derechos políticos asociados a las acciones que le correspondan tras la liquidación de la OPA.
El recurso solicita la supresión de cuatro (8, 9, 10 y 11) de las doce condiciones impuestas por la CNE, entre ellas la que permite al regulador energético revocar la autorización si afecta negativamente al interés general. Junto a esto, pide la anulación y una nueva redacción de otras cuatro (2, 3, 4 y 7).
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