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Ley de Protección al Consumidor

Temas tan controvertidos para los ciudadanos como darse de baja en ciertos servicios, sobre todo con operadores de telefonía, el redondeo al alza, la protección en la compra de vivienda o la regulación de las asociaciones de consumidores, centran la nueva Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores.

Darse de baja en cualquier servicio

Con la nueva ley los usuarios tendrán las mismas facilidades para darse de baja de los servicios que las que tuvieron para darse de alta. A partir de ahora, cuando el ciudadano quiera prescindir de los servicios de su operador telefónico, por ejemplo, no tendrá que soportar trabas adicionales. La compañías están obligadas a informar sobre el derecho del usuario a darse de baja y sobre los pasos a seguir.

Más información
Consumo obligará a las empresas a no poner trabas cuando un cliente quiera darse de baja

Cobro por minuto en los aparcamientos

Se prohíbe el redondeo al alza tanto en el tiempo como en el precio, así como cualquier cláusula que prevea el cobro por servicios o productos no consumidos. En los aparcamientos, en concreto, los consumidores pagarán por el tiempo real, en minutos, sin posibilidad de redondeo al alza. Así se elimina el pago por ?hora o fracción? u otras modalidades temporales (15 minutos, 10 minutos, etc.). Esta medida afectan a todas las actividades de estacionamiento tanto en los aparcamientos públicos como en los de las grandes superficies.

Teléfonos de atención al cliente

Los consumidores ya no tendrán que pelearse con los contestadores automáticos para resolver los problemas que les cause un servicio. A partir de la aprobación de esta ley, los teléfonos de atención al cliente tendrán que ser personalizados. Es decir, el cliente hablará directamente con una persona y no, como ocurría hasta ahora, con un mensaje grabado en un contestador.

Más protección en la compra de una vivienda

La nueva ley considera abusivo que el comprador tenga que correr con los gastos de las conexiones a los suministros generales de la vivienda, como el enganche al suministro de agua, gas, alcantarillado, etc. Estos suministros deben, según la normativa, estar incluidos en el precio de venta.

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