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El Gobierno sube aún más los impuestos al tabaco tras el error en la votación de ayer

El proyecto que ayer fue rechazado contemplaba una subida del tipo hasta el 55.9%. Hoy, el Gobierno ha aprobado un aumento hasta el 57%.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la subida de los impuestos al tabaco que ayer no pudo ser aprobada en el Congreso por un error en la votación de los diputados socialistas. Además, a partir de ahora, los quioscos de prensa con la autorización pertinente podrán ofrecer cigarrillos a sus clientes.

Pero el Gobierno no se ha quedado ahí y ha aprovechado la ocasión para subir aún más las tasas, tal como había adelantado el ministro Solbes esta semana. El tipo impusitivo estaba en el 54,95 antes de las dos subidas. Ahora se sitúa en el 57%.

Por otro lado, se establece un nivel mínimo de imposición de 55 euros por cada mil cigarrillos, que se aplicará cuando la suma del impuesto específico y el "ad valorem" sea inferior a esa cifra, con el fin de que las marcas baratas suban el precio de sus cajetillas, un objetivo que no se ha conseguido con los anteriores incrementos de fiscalidad.

El establecimiento de este nivel mínimo de imposición permite asegurar que todos los cigarrillos existentes en el mercado soportarán una tributación por impuestos especiales de, al menos, 1,10 euros por cajetilla. El Real Decreto Ley incluye también medidas transitorias de apoyo a los estanqueros por las que se establece un margen transitorio complementario del 0,25 por 100, que se suma a la comisión del 8,5% que habitualmente perciben.

Esta medida estará en vigor hasta el 30 de junio de 2006, y durante este periodo el Ministerio de Economía y Hacienda queda habilitado para modular su importe, que podría llegar al 1%,y su duración, en función de la evolución del mercado.

Los quioscos podrán vender tabaco

Asimismo, el Consejo de Ministros ha incluido a los quioscos de prensa que cuenten con las autorizaciones administrativas pertinentes dentro de la relación de locales que están autorizados para la venta del tabaco. Esta venta deberá hacerse a través de máquinas expendedoras situadas siempre en el interior de los quioscos y su autorización no afecta a aquellos quioscos que estén ubicados en lugares en los que la Ley prohíbe fumar y, por tanto, vender tabaco.

El nuevo incremento de la fiscalidad aprobado hoy se produce después del error cometido por 30 diputados socialistas en su votación de ayer que dio lugar a la derogación, en el Pleno del Congreso de los Diputados, del Real Decreto Ley del 20 de enero por el que se aumentaban los tipos impositivos del impuesto sobre las labores del tabaco.

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